{"id":201502,"date":"2023-07-23T19:45:16","date_gmt":"2023-07-23T22:45:16","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/?p=201502"},"modified":"2023-07-23T19:45:21","modified_gmt":"2023-07-23T22:45:21","slug":"el-caso-cecilia-la-busqueda-de-justicia-y-el-jurado-popular-por-paulo-pereyra","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/2023\/07\/23\/el-caso-cecilia-la-busqueda-de-justicia-y-el-jurado-popular-por-paulo-pereyra\/","title":{"rendered":"EL CASO CECILIA, LA B\u00daSQUEDA DE JUSTICIA Y EL JURADO POPULAR. Por Paulo Pereyra (*)"},"content":{"rendered":"\n<p> <\/p>\n\n\n\n<p>El d\u00eda 2 de septiembre de 2.015, se sancion\u00f3 la Ley N\u00b0 2.364-A (antes Ley N\u00b0 7.661). Ley, que instaura nuevamente el juicio penal por jurados en el Chaco y con ella retorna lo que nunca debi\u00f3 eyectarse de la agenda p\u00fablica: \u201cla Instituci\u00f3n del Jurado\u201d, as\u00ed lo expresa desde el 2.015, el art\u00edculo 82 de la Ley N\u00b0 1-B \u201cOrg\u00e1nica del Poder Judicial\u201d (antes Ley N\u00b0 3 del a\u00f1o 1.953).<\/p>\n\n\n\n<p>A principios del mes de marzo del a\u00f1o 2.018, la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso \u201cV.R.P., V.P.C. y otros vs. Nicaragua\u201d, destac\u00f3 el dise\u00f1o de nuestra ley de Juicio por Jurado Popular. En similar sentido, en el caso \u201cCanales\u201d, del a\u00f1o 2.019 (Fallos: 342:697), valid\u00f3 este sistema nuestra Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Bien, \u00bfqu\u00e9 podr\u00eda tenerse en cuenta frente a un proceso penal, que ineludiblemente desembocar\u00e1 en que un jurado popular rendir\u00e1 un veredicto de culpabilidad o no culpabilidad?<\/p>\n\n\n\n<p>Cualquier lector sabr\u00e1 al caso que hago referencia. De modo que ello me dispensa de algunas indicaciones, acotaciones y conjeturas.<\/p>\n\n\n\n<p>Entonces, est\u00e1s breves notas, pretenden dar algunas razones a la siguiente afirmaci\u00f3n: el enjuiciamiento criminal por jurado popular, es justamente un sistema que por medio de un procedimiento reglado (se\u00f1alizado) culmina en un veredicto un\u00e1nime por la culpabilidad o no culpabilidad del acusado.<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, sin alguna de esas piezas del engranaje, el mismo no funciona. O, igual de nocivo, desarrolla su actividad de modo err\u00e1tico y hasta podr\u00eda provocar el estancamiento del jurado.<\/p>\n\n\n\n<p>Con ese Norte, entiendo ciertas piezas como inevitables para que un proceso penal de esta envergadura se desenvuelva adecuadamente, en miras a someter un caso \u201chiper mediatizado\u201d ante el jurado popular integrado por 6 chaque\u00f1os y 6 chaque\u00f1as no abogades (\u00a1un tributo a la suerte y al \u00e9xito de este sistema!), para que dicho jurado popular delibere y rinda un veredicto un\u00e1nime de culpabilidad o no culpabilidad. Y que, c\u00f3mo adelant\u00e9, no se estanque en tal deliberaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Esas piezas, ser\u00edan las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>Una investigaci\u00f3n penal preparatoria, que:<\/p>\n\n\n\n<p>No d\u00e9 por entendido nada sobre \u201cel caso\u201d;<\/p>\n\n\n\n<p>Agote todas las medidas de prueba sobre las hip\u00f3tesis posibles y probables;<\/p>\n\n\n\n<p>Al mismo tiempo, est\u00e9 concentrada en un recorte preciso y claro sobre qu\u00e9 pas\u00f3;<\/p>\n\n\n\n<p>Cada oraci\u00f3n del hecho por el que se los acusa a los imputados, se base en un razonamiento sobre las pruebas e indicios conocidos por los imputados;<\/p>\n\n\n\n<p>Destaque aquellas pruebas e indicios con menor posibilidad de refutaci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>De antemano, se proyecte las potenciales debilidades del caso y;<\/p>\n\n\n\n<p>No genere altas expectativas ni en v\u00edctimas y su entorno; lo mismo vale para con la expectancia por parte de la comunidad y los medios de comunicaci\u00f3n (que dicho sea de paso, son planos bien distintos). La prudencia, es una virtud; la pasi\u00f3n, no (seg\u00fan el pensamiento griego antiguo).<\/p>\n\n\n\n<p>Parece algo evidente lo deslizado, hasta trillado, no creo que lo sea. Una investigaci\u00f3n de tama\u00f1a complejidad, bajo el asedio medi\u00e1tico y el litigio desplazado a un campo casi sin reglas; se puede tornar hasta tediosa, no solo para los fiscales sino para las partes en general (representantes de las v\u00edctimas y defensores).<\/p>\n\n\n\n<p>Entonces, es aconsejable:<\/p>\n\n\n\n<p>Repasar una y otra vez el hecho: circunstancias, tiempo(s), modo(s) y lugar(es);<\/p>\n\n\n\n<p>Qu\u00e9 hizo o dej\u00f3 de hacer cada imputado y;<\/p>\n\n\n\n<p>Qu\u00e9 pruebas y conjunto de pistas, van directamente a un solo lugar.<\/p>\n\n\n\n<p>Ya que, el tiempo que pretenda ahorrarse (o el apuro que se inyecte) en la investigaci\u00f3n preparatoria, ser\u00e1 tiempo m\u00e1s que fastidioso para sobrellevar en las etapas venideras de este proceso penal en curso. M\u00e1s a\u00fan, en las audiencias solicitadas por los defensores de los imputados privados de la libertad.<\/p>\n\n\n\n<p>Incluso, lo definitorio, no podr\u00e1 alegarse: \u201c\u00a1ah, olvidamos tal medida probatoria!\u201d. Ello tambi\u00e9n vale para las Defensas.<\/p>\n\n\n\n<p>Concretamente: no deber\u00e1 investigarse en la antesala a un debate ante un jurado popular.<\/p>\n\n\n\n<p>Contar, luego de una investigaci\u00f3n preparatoria, con un caso s\u00f3lido. Es decir que si se decidiese mantener, solo como ejemplo, la acusaci\u00f3n que:<\/p>\n\n\n\n<p>C\u00e9sar mat\u00f3 a Cecilia +<\/p>\n\n\n\n<p>Existiendo un v\u00ednculo de pareja +<\/p>\n\n\n\n<p>Mediando una relaci\u00f3n desigual de poder, estando Cecilia en inferioridad de condiciones en correlaci\u00f3n a C\u00e9sar +<\/p>\n\n\n\n<p>Con una anticipaci\u00f3n en el modo de matar +<\/p>\n\n\n\n<p>La confabulaci\u00f3n para ello, de al menos dos (2) personas m\u00e1s (adem\u00e1s de C\u00e9sar) +<\/p>\n\n\n\n<p>Con roles criminales planificados y asignados para ese asesinato +<\/p>\n\n\n\n<p>Que los tres (3) involucrados sab\u00edan y quer\u00edan que se produzca ese resultado mortal, del modo indicado y no de otra forma.<\/p>\n\n\n\n<p>Pues bien, \u201cpara ese caso\u201d, se deber\u00e1 indicar y conectar la prueba (y cabos sueltos) que lleven solo a ese camino y no a otro.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, ese sendero deber\u00e1 estar asfaltado y con excelente visibilidad, sino, se estar\u00e1 frente a una duda m\u00e1s que razonable a la hora de llegar a la escena que se prometi\u00f3 corroborar. Y s\u00ed ese camino resulta sinuoso, a ojos del jurado popular, no se tendr\u00e1 caso siquiera atendible y entendible para el jurado.<\/p>\n\n\n\n<p>Las Acusaciones, transitaran algunas etapas m\u00e1s para arrimarse a lo antes dicho, que son aquellas oposiciones y revisiones que las Defensas delinearon y delinearan para mejorar la situaci\u00f3n procesal de sus clientes. Ello posiblemente genere cambios del panorama a grandes rasgos que vemos por ahora \u201cdel caso\u201d. Ese panorama, podr\u00e1 \u201cmejorar\u201d o \u201cempeorar\u201d para los imputados.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego del punto referenciado, se llegar\u00e1 a una de las antesalas del jurado popular: la Audiencia Preliminar, que es la preparaci\u00f3n de lo que se va a mostrar al jurado. Audiencia repartida en varias jornadas, d\u00f3nde Acusaciones y Defensas:<\/p>\n\n\n\n<p>Ver\u00e1n si someter\u00e1n el caso al Jurado Popular y qu\u00e9 del caso;<\/p>\n\n\n\n<p>Se pondr\u00e1n de acuerdo sobre la informaci\u00f3n que no discutir\u00e1n frente al Jurado;<\/p>\n\n\n\n<p>Mostrar\u00e1n sus cartas m\u00e1s fuertes (las pruebas y pistas de cargo vs. descargo; en contra y en favor de los imputados) e;<\/p>\n\n\n\n<p>Intentaran disimular o destacar las cartas d\u00e9biles (aquellas, que aporten confusi\u00f3n o que lleven \u201cel caso\u201d hacia otro escenario desfavorable a sus intereses);<\/p>\n\n\n\n<p>Debatir\u00e1n sobre qu\u00e9 delitos explicar\u00e1 el\/la juez\/a t\u00e9cnico\/a al Jurado y c\u00f3mo este lo har\u00e1;<\/p>\n\n\n\n<p>Se confeccionar\u00e1n los cuestionarios a los potenciales jurados.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo, frente a una jueza t\u00e9cnica o juez t\u00e9cnico, que ser\u00e1 responsable de:<\/p>\n\n\n\n<p>Que el mazo de cartas este ordenado, de modo tal que no haya trampas y;<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n de darle la mayor de las flexibilidades a las Acusaciones y Defensas, para que est\u00e1s en caso de no estar de acuerdo con alguna de sus decisiones, puedan acudir a otros 2 jueces con los fines que revisen las mismas o;<\/p>\n\n\n\n<p>Para el caso de las Defensas, vayan marcando aquello que llevar\u00e1n al Superior Tribunal de Justicia local, en caso que el veredicto rendido fuera contrario a sus intereses;<\/p>\n\n\n\n<p>De resolver por pedido de las Acusaciones o de las Defensas o por iniciativa propia, s\u00ed al momento en que se vaya a desarrollar el debate oral y p\u00fablico, es necesario e ineludible disponer que los integrantes del jurado no mantengan contacto con terceros o con medios de comunicaci\u00f3n durante todo el curso del juicio, disponiendo el alojamiento en lugares adecuados y los vi\u00e1ticos pertinentes;<\/p>\n\n\n\n<p>Advertir a las Acusaciones y a las Defensas, que no divaguen. Que se centren en el caso;<\/p>\n\n\n\n<p>Este tipo Audiencia, se convertir\u00e1 en la mayor herramienta para que el jurado no sea intoxicado con elementos que no hacen al caso. Con lo cual, estar\u00e1 siempre a mano de las partes para que el jurado no perciba ciertos asuntos que son ajenos a su labor.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora s\u00ed, por fin, llegamos a la Audiencia de descarte de potenciales jurados. Aquellos, que tengan un evidente prejuicio contra el caso que presentar\u00e1 tanto la Acusaciones como las Defensas.<\/p>\n\n\n\n<p>Se ha dicho, que \u201cesta causa va a marcar un antes y un despu\u00e9s en la historia de la justicia chaque\u00f1a\u201d. Pues bien, ello obliga no solo a pensar y trabajar con tama\u00f1a responsabilidad, sino tambi\u00e9n recordar cuanto menos los juicios que conmocionaron al mundo comunicativo: \u201cO.J. Simpson\/Brown\/Goldman\u201d (1.995), \u201cSkilling\/Enron\u201d (2.006), \u201cChauvin\/George Floyd\u201d (2.021) y \u201cKyle Rittenhouse\/Rosenbaum\/Huber\/Grosskreutz\/jump kick man\u201d (2.021).<\/p>\n\n\n\n<p>Digo esto, en el sentido que esta Audiencia a la que hago referencia, es una pieza central en un caso como este. Y ello podr\u00eda definirse con la siguiente premisa: las Acusaciones y las Defensas, deber\u00e1n trabajar en descartar como jurado a las personas que van a ser menos receptivas a las pruebas que se presenten ante ellas en el Debate Oral, P\u00fablico, grabado y reproducido v\u00eda streaming.<\/p>\n\n\n\n<p>Desplazar a esos jurados no deseados, ser\u00e1 responsabilidad tanto las Acusaciones como las Defensas, no sin antes justificar el porqu\u00e9 de la desconfianza y; s\u00ed, las Acusaciones y Defensas no tienen c\u00f3mo demostrar que el jurado n\u00famero \u201cX\u201d deber\u00eda ser corrido, tendr\u00e1n la posibilidad de no decir el porqu\u00e9 de su intuici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Veamos c\u00f3mo podr\u00edan ser des-seleccionados los potenciales jurados:<\/p>\n\n\n\n<p>Por medio de formularios\/cuestionarios acordados por las Acusaciones, Defensas y chequeados por el\/la juez\/a t\u00e9cnico\/a;<\/p>\n\n\n\n<p>Las partes deber\u00edan proyectar si necesitan alg\u00fan tipo de prueba para desafectar a cierto jurado;<\/p>\n\n\n\n<p>Se contemple cuanto menos doscientos (200) potenciales jurados. Recu\u00e9rdese, que el jurado estar\u00e1 integrado por doce (12) miembros titulares, y tal panel de jurados titulares y suplentes, deber\u00e1 estar siempre compuesto por mujeres y hombres en partes iguales;<\/p>\n\n\n\n<p>Que al momento de des-seleccionar presencialmente a los potenciales jurados, se separe en grupos. Por un lado, las identidades masculinas y; por otro lado, las identidades femeninas;<\/p>\n\n\n\n<p>Que el n\u00famero de jurados suplentes sea superior a cuatro (4), ante cualquier eventualidad;<\/p>\n\n\n\n<p>Que las Defensas eval\u00faen, llevar el juicio a otra localidad chaque\u00f1a que no sea la ciudad de Resistencia. Si los acusados esgrimen tal derecho, ser\u00e1 responsabilidad del\/de la juez\/a t\u00e9cnico\/a, resolver;<\/p>\n\n\n\n<p>Aumentar la posibilidad tanto de las Acusaciones como de las Defensas, a la hora de descartar potenciales jurados sin expresar sus razones.<\/p>\n\n\n\n<p>Es decir, si, por ejemplo: las Acusaciones tienen cuatro (4) posibilidades para descartar sin motivos a los potenciales jurados, elevar al triple dicha cantidad de recusaciones sin motivos. Manteni\u00e9ndose, claro, ese n\u00famero de apartamientos de jurados, tambi\u00e9n para las Defensas.<\/p>\n\n\n\n<p>Queda mucho por conjeturar en tanto los adecuados o inadecuados caminos a seguir en una causa como \u00e9sta. M\u00e1s cu\u00e1ndo quien escribe, no tiene la responsabilidad que pesa sobre aquellos hombros que se deben a \u201cla realizaci\u00f3n de justicia\u201d y que, a pesar de lo estramb\u00f3tico que rodea a este caso judicial-criminal, han podido rumbear hacia los pasos que dejo pendientes para el pr\u00f3ximo segmento de esta opini\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>(*) Abogado litigante (M.P. N\u00b0 6554 STJCh y M. Fral. Int. T\u00b0100 F\u00b0644), ex abogado querellante en causas de Lesa humanidad, docente de grado en la Universidad de la Cuenca del Plata (UCP) y de posgrado de la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAus). Autor de numerosas publicaciones relacionadas al sistema penal.<\/p>\n\n\n\n<p>Han constituido una valiosa gu\u00eda para estructurar estas notas, las obras \u201cJuicio por jurados: ley de jurados del Chaco. V\u00edctor Emilio Del R\u00edo; Fernando Carbajal. 1a ed. &#8211; Resistencia: ConTexto Libros, 2019 y; \u201cJuicio por jurado para litigantes\u201d. Sergio C\u00e1ceres Olivera; Sebasti\u00e1n E. L\u00f3pez Sicardi. 1a ed. &#8211; Resistencia: ConTexto Libros, 2023. Y las siguientes consultas en la web: https:\/\/cnnespanol.cnn.com\/2021\/11\/24\/oj-simpson-kyle-rittenhouse-consultora-jurados-trax\/ y http:\/\/www.juicioporjurados.org\/2023\/07\/doctrina-en-busca-de-un-jurado.html?m=1 . No puedo obviar, lo receptado en los talleres te\u00f3ricos-pr\u00e1cticos dictados por el Club de Litigaci\u00f3n del Chaco.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>23-Jul-23 Desde la Constituci\u00f3n de la Provincia Presidente Per\u00f3n (nuestra actual Provincia del Chaco), sancionada el 21 de diciembre de 1.951 -am\u00e9n de la Constituci\u00f3n Nacional de 1.853-, ya se establec\u00eda en su art\u00edculo 96, como parte del programa pol\u00edtico-criminal provincial: el juicio por jurados. \u201cDe la Instituci\u00f3n del Jurado\u201d, era la denominaci\u00f3n de aquel Cap\u00edtulo IV, de la que fuera la carta fundamental de los chaque\u00f1os.<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[104],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/201502"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=201502"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/201502\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":201507,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/201502\/revisions\/201507"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=201502"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=201502"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=201502"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}