{"id":79177,"date":"2021-07-08T10:18:57","date_gmt":"2021-07-08T13:18:57","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/?p=79177"},"modified":"2021-07-08T10:18:59","modified_gmt":"2021-07-08T13:18:59","slug":"chaco-resumen-de-sesion-ordinaria-n-ix","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/2021\/07\/08\/chaco-resumen-de-sesion-ordinaria-n-ix\/","title":{"rendered":"CHACO: Resumen De Sesi\u00f3n Ordinaria N\u00b0 IX"},"content":{"rendered":"\n<p>En primer lugar la diputada Lidia Elida Cuesta, rindi\u00f3 homenaje a Samuel Parayre, ex intendente de Concepci\u00f3n del Bermejo: \u201cun militante pol\u00edtico de nuestro Partido Peronista, que mantuvo en alto tanto en las derrotas como en las victorias las banderas del Justicialismo, tuvo una mirada especial para los que menos tienen, siempre fue un hombre de dialogo, un gran militante, hemos perdido a un gran compa\u00f1ero, una gran persona\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Teresa Cubells, salud\u00f3 y pidi\u00f3 acompa\u00f1amiento para los familiares y allegados del director teatral Hugo Blotta, y lament\u00f3 \u201cla p\u00e9rdida de un artista, cooperativista, persona de la cultura, Hugo se fue dejando muchas ense\u00f1anzas en el marco de una pandemia que nos est\u00e1 maltratando como sociedad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora se refiri\u00f3 tambi\u00e9n a los cr\u00edmenes de odio, entre los que mencion\u00f3 \u201cuno que en este momento tiene trascendencia internacional, el asesinato de Samuel en Espa\u00f1a, un joven homosexual, su asesinato tiene rasgos de homofobia, es terrible que en tiempos que se celebran avances legales en materia de diversidad, haya sectores dispuestos a dirimir sus diferencias con la muerte\u201d se\u00f1al\u00f3, \u201cel rol de la educaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n, debate p\u00fablico, deben profundizar el respeto por la diversidad, en nuestro pa\u00eds un joven trans se encuentra desparecido hace m\u00e1s de tres meses\u201d. Adem\u00e1s mencion\u00f3 el asesinato del joven ind\u00edgena Josu\u00e9 Lagos y llam\u00f3 a \u201cno normalizar el racismo y la violencia institucional, estos cr\u00edmenes no deben quedar impunes y en el olvido; tenemos pendiente la aplicaci\u00f3n de leyes centrales para modificar en forma trascendental pr\u00e1cticas que contravienen los DDHH, como la ley 2011-J de seguridad p\u00fablica y la de capacitaci\u00f3n sobre derechos ind\u00edgenas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Juan Jos\u00e9 Bergia solicit\u00f3 un minuto de silencio por el fallecimiento de Carlos Reutemann, ex Gobernador de Santa Fe y una persona que marc\u00f3 tambi\u00e9n en el deporte a muchos ciudadanos de la argentina\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Diputados reivindican la independencia de poderes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En la sesi\u00f3n de este mi\u00e9rcoles se aprob\u00f3 una resoluci\u00f3n autor\u00eda de legisladores de todas las bancadas, por la que se expresa profunda preocupaci\u00f3n y rechaza la medida judicial en virtud de la cual el Poder Judicial de la Provincia del Chaco intima al Poder Legislativo \u201ca sancionar una normativa legal correspondiente a sus aspiraciones salariales bajo apercibimiento de astreintes por cada d\u00eda de retardo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido, los legisladores adhirieron a lo expresado por el Presidente del cuerpo, Hugo Sager, y remarcaron que \u201csiguiendo una l\u00ednea democr\u00e1tica, corresponde reivindicar la independencia funcional de este Poder del Estado, en lo que fuere de su exclusiva competencia\u201d y manifestaron en relaci\u00f3n a lo solicitado que \u201cun Proyecto de Ley de la naturaleza y con los alcances que se exige, no puede menos que merecer un minucioso estudio de factibilidad financiera y presupuestaria, habida cuenta de la enorme incidencia que supondr\u00eda su sanci\u00f3n en los t\u00e9rminos del Art\u00edculo 57\u00b0 de la Constituci\u00f3n de la Provincia del Chaco\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Remarcaron tambi\u00e9n que \u201cel Sr. Gobernador de la Provincia del Chaco se interiorizo respecto a \u00e9sta situaci\u00f3n delicada y conform\u00f3 una mesa de trabajo para avanzar en cuestiones plenamente salariales del Poder Judicial, quedando de \u00e9sa manera demostrados la buena fe y el inter\u00e9s con fines de concretar una soluci\u00f3n a ello; adem\u00e1s en lo que respecta a las acciones que realiz\u00f3 el Poder Ejecutivo para garantizar la intangibilidad, menciona el Decreto N\u00famero 3033\/19 que repara en forma significativa los salarios de los actores\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Designan representantes del Poder Legislativo para integrar mesas t\u00e9cnicas y jurados a pedido del Ejecutivo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En la sesi\u00f3n del mi\u00e9rcoles se abord\u00f3 el expediente remitido por el Ministerio de Seguridad P\u00fablica de la Provincia, por el que solicita se designe dos representantes del Poder Legislativo, para constituir el equipo t\u00e9cnico de an\u00e1lisis y elaboraci\u00f3n de las reglamentaciones de la Ley N\u00ba 3325-B, Juicios Civiles y Comerciales por Jurados.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, se design\u00f3 por el Frente Chaque\u00f1o a la diputada Nadia Garc\u00eda Amud y habida cuenta la decisi\u00f3n de la bancada radical de declinar una propuesta, la n\u00f3mina se complet\u00f3 con el diputado Roberto Acosta.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, se trat\u00f3 un expediente remitido por la Subsecretar\u00eda de Participaci\u00f3n Ciudadana del Ministerio de Desarrollo Social, por el que solicita se designe tres integrantes de este Poder para que integren la comisi\u00f3n evaluadora del Premio Provincial a la Organizaci\u00f3n Destacada por Labor Comunitaria y Solidaria&#8221;, establecido por ley n\u00ba1257-E que conmemora el D\u00eda de las ONG; para la que fueron seleccionados Andrea Charole, D\u00e9bora Cardozo y&nbsp; Jaime Parra Moreno.<\/p>\n\n\n\n<p>En el marco de la pandemia, ratificaron medidas especiales de restricci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>El parlamento chaque\u00f1o aprob\u00f3 por ley 3412-A la ratificaci\u00f3n del decreto N\u00b0 1356-2021 a trav\u00e9s del cual se prorrog\u00f3 desde el d\u00eda 22 de junio al 5 de julio, las medidas especiales de restricci\u00f3n, dispuesta en el decreto 1242\/2021, en el marco de la pandemia por coronavirus.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Reconocen y garantizan derechos de v\u00edctimas del delito y de violaciones a derechos humanos<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Como parte de uno de los puntos del acta compromiso de soluci\u00f3n amistosa, entre el gobierno provincial y la familia Encaje, hoy la Legislatura chaque\u00f1a aprob\u00f3 la ley&nbsp; 3413 J, por medio de la cual se reconocen y garantizan derechos de las v\u00edctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, creando adem\u00e1s la figura del defensor p\u00fablico de v\u00edctimas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Poder Legislativo sancion\u00f3 por unanimidad esta normativa cuyas disposiciones son de orden p\u00fablico, considerando v\u00edctima a la persona ofendida directamente por el delito y reconociendo los mismos derechos y tendr\u00e1n el mismo tratamiento que la presente ley establece para las v\u00edctimas, el c\u00f3nyuge, conviviente, padres, hijos, hermanos, tutores o guardadores en los delitos cuyo resultado sea la muerte de la persona con la que tuvieren tal v\u00ednculo, o si el ofendido hubiere sufrido una afectaci\u00f3n ps\u00edquica o f\u00edsica que le impida ejercer sus derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>El objeto de esta ley es: Reconocer y garantizar los derechos de las v\u00edctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, en especial, el derecho al asesoramiento, asistencia, representaci\u00f3n, protecci\u00f3n, verdad, acceso a la justicia, tratamiento justo, reparaci\u00f3n, celeridad y todos los dem\u00e1s derechos consagrados en la Constituci\u00f3n Nacional, en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos de los que el Estado nacional es parte, dem\u00e1s instrumentos legales internacionales ratificados por ley nacional, la constituci\u00f3n provincial y los ordenamientos locales.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed como establecer y coordinar las acciones y medidas necesarias para promover, hacer respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de las v\u00edctimas, as\u00ed como implementar los mecanismos para que todas las autoridades, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias, cumplan con sus obligaciones de prevenir, investigar, sancionar delitos y lograr la reparaci\u00f3n de los derechos conculcados; y establecer recomendaciones y protocolos sobre los deberes y obligaciones espec\u00edficos a cargo de las autoridades y de todo aquel que intervenga en los procedimientos relacionados con las v\u00edctimas de delito.<\/p>\n\n\n\n<p>La norma dispone que la actuaci\u00f3n de las autoridades responder\u00e1 a los principios de r\u00e1pida intervenci\u00f3n; enfoque diferencial; la no revictimizaci\u00f3n y el respeto de sus tiempos.<\/p>\n\n\n\n<p>La v\u00edctima \u2013establece la norma- tendr\u00e1 derecho a que se le reciba de inmediato la denuncia del delito que la afecta; a recibir un trato digno y respetuoso y que sean m\u00ednimas las molestias derivadas del procedimiento; a que se respete su intimidad en la medida que no obstruya la investigaci\u00f3n; a&nbsp; requerir medidas de protecci\u00f3n para su seguridad y la de sus familiares, a trav\u00e9s de los \u00f3rganos competentes; a&nbsp; ser asistida en forma especializada, si as\u00ed lo requiere, con el objeto de propender a su recuperaci\u00f3n ps\u00edquica, f\u00edsica y social, durante el tiempo que indiquen los profesionales intervinientes.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed como a ser informada sobre sus derechos cuando realice la denuncia o en su primera intervenci\u00f3n en el procedimiento; a que en las causas en que se investiguen delitos contra la propiedad, las pericias y diligencias sobre las cosas sustra\u00eddas sean realizadas con la mayor celeridad; a intervenir como querellante o actor civil en el procedimiento penal, conforme a lo establecido por la garant\u00eda constitucional del debido proceso y las leyes de procedimiento locales; a examinar documentos y actuaciones, y a ser informada verbalmente sobre el estado del proceso y la situaci\u00f3n del imputado.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la ley indica que tendr\u00e1n derecho a aportar informaci\u00f3n y pruebas durante la investigaci\u00f3n; a ser escuchada, cuando lo solicite expresamente, antes de cada decisi\u00f3n que implique la extinci\u00f3n o suspensi\u00f3n de la acci\u00f3n penal, y aquellas que dispongan medidas de coerci\u00f3n o la libertad del imputado durante el proceso, como as\u00ed tambi\u00e9n al proponer v\u00edas alternativas para la resoluci\u00f3n del conflicto penal; a ser notificada de las resoluciones que puedan afectar su derecho a ser escuchada; a&nbsp; solicitar la revisi\u00f3n de la desestimaci\u00f3n, el archivo o la aplicaci\u00f3n de un criterio de oportunidad solicitado por el representante del Ministerio P\u00fablico Fiscal, cuando hubiera intervenido en el procedimiento como querellante.<\/p>\n\n\n\n<p>Forman parte de los derechos reconocidos a la v\u00edctima, que se adopten prontamente las medidas de coerci\u00f3n o cautelares que fueren procedentes para impedir que el delito contin\u00fae en ejecuci\u00f3n o alcance consecuencias ulteriores; que le sean reintegrados los bienes sustra\u00eddos con la mayor urgencia; y al sufragio de los gastos que demande el ejercicio de sus derechos, cuando por sus circunstancias personales se encontrare econ\u00f3micamente imposibilitada de solventarlos. Esta enumeraci\u00f3n no es taxativa y no ser\u00e1 entendida como negaci\u00f3n de otros derechos no enumerados.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando la v\u00edctima presente situaciones de vulnerabilidad, entre otras causas, en raz\u00f3n de su edad, g\u00e9nero, preferencia u orientaci\u00f3n sexual, etnia, nacionalidad, condici\u00f3n de discapacidad, o cualquier otra an\u00e1loga, las autoridades deber\u00e1n dispensarle atenci\u00f3n especializada.<\/p>\n\n\n\n<p>Se presumir\u00e1 situaci\u00f3n de especial vulnerabilidad si la v\u00edctima fuere menor de dieciocho (18) o mayor de sesenta (60) a\u00f1os, o se tratare de una persona con discapacidad; si existiere una relaci\u00f3n de dependencia econ\u00f3mica, afectiva, laboral o de subordinaci\u00f3n entre la v\u00edctima y el supuesto autor del delito, si por disposici\u00f3n judicial o administrativa se encuentre sometida a medidas que restrinjan su libertad ambulatoria, si previamente hubiese sido v\u00edctima de violencia institucional, si la v\u00edctima se encontrase en una situaci\u00f3n o condici\u00f3n de vulnerabilidad al momento de la denuncia o al momento de haberse perpetrado los hechos y si los delitos denunciados hayan sido perpetrados por las fuerzas de seguridad en el marco de las labores de una investigaci\u00f3n, de&nbsp; prevenci\u00f3n del delito o en un despliegue operativo durante una manifestaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto que indica que la autoridad que reciba la denuncia deber\u00e1: asesorarla acerca de los derechos que le asisten y de los medios con que cuente para hacerlos valer; informarle los nombres del juez y el fiscal que intervendr\u00e1n en el caso, y la ubicaci\u00f3n de sus despachos; informarle la ubicaci\u00f3n del centro de asistencia a la v\u00edctima m\u00e1s cercano, y trasladarla hasta all\u00ed en el plazo m\u00e1s breve posible, si la v\u00edctima lo solicitare y no contare con medio propio de locomoci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>A su vez, la norma crea seis&nbsp; cargos de Defensor P\u00fablico de V\u00edctimas, los que ser\u00e1n designados por el Consejo de la Magistratura seg\u00fan lo establecido por esta ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Los defensores P\u00fablicos son&nbsp; los magistrados del Ministerio P\u00fablico de la Defensa de la Provincia que, seg\u00fan los fueros e instancias asignados, ejercen la asistencia t\u00e9cnica y patrocinio jur\u00eddico de las v\u00edctimas de delitos en procesos penales, en atenci\u00f3n a la especial gravedad de los hechos investigados y siempre que la limitaci\u00f3n de recursos econ\u00f3micos o situaci\u00f3n de vulnerabilidad hicieran necesaria la intervenci\u00f3n del Ministerio P\u00fablico de la Defensa.<\/p>\n\n\n\n<p>El que actuara cuando la v\u00edctima sea una persona con discapacidad psicosocial o menor de 18 a\u00f1os y sus representantes legales no se constituyeran en parte querellante, se correr\u00e1 vista al defensor de v\u00edctimas a fin de que&nbsp; se constituya en representaci\u00f3n de la v\u00edctima si las circunstancias de especial vulnerabilidad o el inter\u00e9s superior de la ni\u00f1a, ni\u00f1o o adolescente lo hiciere procedente.<\/p>\n\n\n\n<p>La autora del proyecto, del bloque Igualar, diputada Gladis Cristaldo observ\u00f3 \u201clas victimas muchas veces parece que no son escuchadas, lo que permite esta iniciativa es impedir que la v\u00edctima caiga en una victimizaci\u00f3n secundaria, y aborda los da\u00f1os y la molestia que esta tiene que acarrear, ya la ley nacional invita a las provincias del pa\u00eds a adecuar su legislaci\u00f3n procesal para garantizar los derechos de las v\u00edctimas -record\u00f3- este proyecto busca eso\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl proceso penal vigente est\u00e1 marcado por un fuerte sistema acusatorio -se\u00f1al\u00f3- la simple y llana adhesi\u00f3n a la ley no bastaba, hac\u00eda falta incorporar la mirada en este proyecto de ley para garantizar que la v\u00edctima sea escuchada y sea tenida en cuenta en todo el proceso penal\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora record\u00f3 el asesinato de Amanda Encaje y N\u00e9stor Vivo, \u201cun hecho lamentable que hasta hoy en d\u00eda goza de impunidad, la familia recurri\u00f3 a la Corte Interamericana de DDHH que en 2018 le dio admisibilidad e instruy\u00f3 al Gobierno del Chaco y de la Naci\u00f3n a establecer medidas reparatorias con el prop\u00f3sito de que estos hechos no se vuelvan a repetir\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa ley plantea la creaci\u00f3n de seis defensor\u00edas, luego de un debate que tuvimos a lo largo de varias reuniones, con los abogados de la hija de Amanda acordamos un texto donde se va a establecer un cronograma de creaci\u00f3n de las defensor\u00edas\u201d explic\u00f3 y destac\u00f3 el trabajo de esta mesa de trabajo y \u201cel compromiso de todos los integrantes de la Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n General donde se debati\u00f3 el proyecto\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Cristaldo aclar\u00f3 que \u201cluego de Consultas hechas con el Ministerio P\u00fablico de la Defensa queremos proponer la incorporaci\u00f3n de un art\u00edculo que establece que los gastos que demande la creaci\u00f3n de la defensor\u00eda ser\u00e1n imputados a las partidas del Poder Judicial\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Juan Jos\u00e9 Bergia tambi\u00e9n felicit\u00f3 a la autora y destac\u00f3: \u201cno es una adhesi\u00f3n sino que se articularon otras cuestiones necesarias para la provincia, para promover y garantizar los derechos de acceso a&nbsp; la justicia de las v\u00edctimas de delito, es importante, es un cambio estructural y lo mas importante es que la definici\u00f3n de v\u00edctima se extiende tambi\u00e9n con los mismos derechos y garant\u00edas, al c\u00f3nyuge, conviviente, padres, hijos, tutor o guardador\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Nadia Garc\u00eda Amud salud\u00f3 a las autoridades del Ministerio P\u00fablico de la Defensa y a la Dra. Alcal\u00e1,&nbsp; \u201cporque es un \u00e1rea que siempre responde los pedidos de opini\u00f3n, felicitarlos por esta intervenci\u00f3n, y destacar la voluntad del Ejecutivo, porque hay que resaltar que sin voluntad del Ejecutivo no se podr\u00eda avanzar\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Carim Peche, titular de la bancada UCR, observ\u00f3: \u201cbien manifestaron que va a ser un cambio de costumbre, porque parece que los delincuentes nom\u00e1s tienen Derechos Humanos, y que la victima jam\u00e1s era tenida en cuenta hasta este momento, celebro las modificaciones que hicieron desde el Ministerio P\u00fablico\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El Presidente del interbloque Frente Chaque\u00f1o, Juan Manuel Pedrini sostuvo: \u201ca partir de este proyecto las victimas se incorporaron al proceso, tiene una importancia porque el Estado chaque\u00f1o ha cometido una vez mas una denegaci\u00f3n de justicia, no tenemos que olvidarnos del caso Greco, ahora nos encontramos con otro caso de denegaci\u00f3n de justicia de Amanda Encaje y N\u00e9stor Vivo, el crimen quedo impune hasta el d\u00eda de hoy y los familiares renunciaron a cualquier tipo de retribuci\u00f3n econ\u00f3mica, lo \u00fanico que pidieron era fortalecer las instituciones del Chaco\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Aprueban procedimiento alternativo de inscripci\u00f3n remota de registros de nacimientos y defunciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Poder Legislativo del Chaco, aprob\u00f3 esta tarde la ley 3414 C,&nbsp; estableciendo con ella un procedimiento alternativo de inscripci\u00f3n remota para efectuar las registraciones de nacimientos y defunciones en Chaco a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, el que regir\u00e1 con car\u00e1cter excepcional y mientras dure la emergencia p\u00fablica en materia sanitaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Propuesta impulsada por la diputada justicialista Nadia Garc\u00eda Amud, la ahora normativa dispone que la Direcci\u00f3n General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas habilitar\u00e1 una plataforma digital a los fines de brindar informaci\u00f3n acerca de los recaudos pertinentes para la tramitaci\u00f3n online de inscripci\u00f3n de nacimientos y defunciones;&nbsp; receptar en formato digital la documentaci\u00f3n requerida por la ley nacional 26413 para efectuar las registraciones mencionadas en el art\u00edculo 1\u00b0 de esta ley, bajo los lineamientos que establezca la autoridad de aplicaci\u00f3n; y&nbsp; otorgar turnos para dar cumplimiento con lo establecido en el art\u00edculo 3\u00b0 de la presente y coordinar la culminaci\u00f3n del tr\u00e1mite.<\/p>\n\n\n\n<p>A su vez indica que para la percepci\u00f3n de las tasas, previstas en el art\u00edculo 24 de la ley 299-F -Tarifaria Provincial-, la Direcci\u00f3n General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, una vez iniciado el tr\u00e1mite remitir\u00e1 la boleta al interesado, fijar\u00e1 un turno al solicitante para que, en dicha oportunidad, efectivice el pago de los grav\u00e1menes correspondientes y proceda al retiro del certificado de nacimiento o defunci\u00f3n respectivo.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s dispone que el Poder Ejecutivo pueda establecer por v\u00eda reglamentaria, conforme a los criterios de reserva, validaci\u00f3n y seguridad registral que al efecto determine, para la emisi\u00f3n y expedici\u00f3n de actas digitales autorizadas por el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente.<\/p>\n\n\n\n<p>Ser\u00e1 autoridad de aplicaci\u00f3n el Ministerio de Gobierno y Trabajo. Asimismo, el Poder Ejecutivo podr\u00e1 delegar en el organismo de aplicaci\u00f3n, la instrumentaci\u00f3n de la normativa aclaratoria y complementaria a la reglamentaci\u00f3n que fuere pertinente para el mejor cumplimiento del procedimiento consagrado en esta ley.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto que las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente, se imputar\u00e1n a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicci\u00f3n 03: Ministerio de Gobierno y Trabajo, de acuerdo con su naturaleza.<\/p>\n\n\n\n<p>Nadia Garc\u00eda Amud destac\u00f3 que el proyecto fue estudiado por la Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n General, tuvo una buena receptividad por los pares que permiti\u00f3 que lleg\u00e1ramos a un despacho un\u00e1nime, y establece un procedimiento alternativo de inscripci\u00f3n de las registraciones de manera remota, evitando la presencialidad y con ello la aglomeraci\u00f3n para efectuar diligencias, lo que se pretende es implementar la modalidad virtual con car\u00e1cter excepcional mientras dure la pandemia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEstimamos oportuno implementar este modelo alternativo -enfatiz\u00f3- incorporamos este servicio online, teniendo en cuenta los requisitos y procedimientos en la norma, y entendemos que vendr\u00e1 a agilizar muchas cuestiones, en adelante podemos trabajarlo para que se implemente despu\u00e9s de la pandemia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En igual sentido, el diputado Livio Guti\u00e9rrez expres\u00f3: \u201cacompa\u00f1amos esta idea, incluso mas all\u00e1 de la pandemia, es una medida que tiene que llegar y quedarse, por la necesidad de informatizar el sistema, por la seguridad, por el punto 13 de los ODS de la Acci\u00f3n por el Clima\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Adhieren al d\u00eda Nacional de la Reforma Universitaria<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 la ley 3415- E, adhiriendo con ella a la provincia del Chaco a la normativa nacional 27523 por el&nbsp; que se instituye el&nbsp; D\u00eda Nacional de la Reforma Universitaria el 15 de junio de cada a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>Fue a ra\u00edz de una iniciativa presentada por la diputada radical Carina Batalla&nbsp; que el Cuerpo Legislativo respald\u00f3 por unanimidad y estableci\u00f3 que la fecha mencionada queda incorporada al calendario de actos y conmemoraciones oficiales de la Provincia.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Carina Batalla, autora de la iniciativa, destac\u00f3 que la misma \u201cse encuentra fundada en la Ley 27523 sancionada en noviembre de 2019, por la que el Gobierno Nacional ha establecido el 15 de junio como el D\u00eda de la Reforma Universitaria\u201d y agradeci\u00f3 el acompa\u00f1amiento de sus pares en el despacho y sanci\u00f3n de la Ley.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Modifican la ley de creaci\u00f3n de la comisi\u00f3n provincial de la Memoria<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Poder Legislativo del Chaco, a ra\u00edz de una propuesta impulsada por la diputada Teresa Cubells, aprob\u00f3 por unanimidad la ley 3416-A, y con ella una modificaci\u00f3n a la norma que cre\u00f3 la comisi\u00f3n de la Memoria introduciendo nuevamente el lugar donde esta deber\u00e1 funcionar.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;La Comisi\u00f3n Provincial por la Memoria \u2013dice el nuevo articulado- funcionar\u00e1 en el inmueble declarado patrimonio cultural de la Provincia del Chaco por Decreto N\u00ba 1951\/04, ubicado en la calle Marcelo T. De Alvear N\u00ba 32,&nbsp; en la Ciudad de Resistencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Con esta modificaci\u00f3n se realiza tambi\u00e9n el corrimiento de los actuales art\u00edculos 6,7 y 8, los que pasar\u00e1n a ser art\u00edculo 7\u00ba, 8\u00ba y 9\u00ba respectivamente.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora del Frente Grande, Teresa Cubells, se\u00f1al\u00f3: \u201ceste proyecto tiene despacho de las&nbsp; comisiones de Legislaci\u00f3n General y Derechos Humanos, con opini\u00f3n favorable de la Secretar\u00eda de DD.HH. y G\u00e9neros\u201d y record\u00f3 que \u201cla ley fue sancionada en julio de 2015 luego de un largo debate, constituy\u00f3 un hito de relevancia en la pol\u00edtica de DD.HH., y situ\u00f3 a un actor central como es la Comisi\u00f3n Provincial por la Memoria\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Resalt\u00f3 adem\u00e1s que \u201ca partir del gobierno de N\u00e9stor Kirchner, la apropiaci\u00f3n popular de esos espacios se transformo en pol\u00edtica de Estado\u201d y enfatiz\u00f3: \u201cdesde el Frente Grande entendemos que es de gran relevancia por su raz\u00f3n hist\u00f3rica reintroducir la referencia al lugar del funcionamiento de la Comisi\u00f3n Provincial por la Memoria, y que se debe garantizar que ese espacio no sea destinado&nbsp; a otro uso en el futuro\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Se cre\u00f3 por ley el observatorio Chaque\u00f1o sobre Abuso Sexual Infantil y Adolescente<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El parlamento chaque\u00f1o en su novena sesi\u00f3n ordinaria, aprob\u00f3 la ley 3417 &#8211;&nbsp; H y con ella cre\u00f3 el Observatorio Chaque\u00f1o sobre Abuso Sexual Infantil y Adolescente (OCHASIA).<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta fue impulsada por las diputadas Liliana Spoljaric y Mar\u00eda Elena Vargas junto al ex legislador Rub\u00e9n Aquino y logr\u00f3 el acompa\u00f1amiento un\u00e1nime del Cuerpo Legislativo de este Observatorio que tendr\u00e1 por objeto principal el desarrollo de un sistema de informaci\u00f3n centralizado, actualizado y permanente, que efect\u00fae el seguimiento del bienestar y calidad de vida de la poblaci\u00f3n infantil y adolescente provincial, permitiendo el an\u00e1lisis del dise\u00f1o, desarrollo y efectos de las pol\u00edticas p\u00fablicas tendientes a la prevenci\u00f3n y erradicaci\u00f3n del abuso sexual en ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p>La normativa dispone que ser\u00e1n funciones del OCHASIA, proponer pol\u00edticas, acciones y proyectos que versen sobre aspectos referidos a la materia, mediante la promoci\u00f3n y participaci\u00f3n en estudios y trabajos de investigaci\u00f3n destinados a la prevenci\u00f3n, sanci\u00f3n y erradicaci\u00f3n del abuso sexual de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, desde una perspectiva de colaboraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n intersectorial, elaborar y difundir informaci\u00f3n adecuada para facilitar la inmediata acci\u00f3n, protecci\u00f3n y defensa de la integridad de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, frente a las situaciones que los coloquen en una posici\u00f3n de indefensi\u00f3n o vulnerabilidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s de promover la optimizaci\u00f3n de los recursos, a fin de garantizar la unidad de criterio y eficiencia en el desarrollo de las pol\u00edticas p\u00fablicas, recepcionar y direccionar los aportes presentados ante este Observatorio, cooperar y relacionarse con los ministerios, secretar\u00edas y subsecretar\u00edas provinciales y nacionales; organismos nacionales e internacionales en la materia, para el cumplimiento m\u00e1s eficiente de sus fines, propiciando un intercambio permanente en la implementaci\u00f3n de pol\u00edticas de Estado dirigidas a lograr avances cualitativos en la elaboraci\u00f3n de las normas de protecci\u00f3n contra el abuso sexual infantil y adolescente.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed como crear y mantener actualizada permanentemente una red de informaci\u00f3n p\u00fablica, estudios y actividades del Observatorio, mediante una p\u00e1gina web propia o vinculada al portal de la autoridad de aplicaci\u00f3n y articular las acciones del OCHASIA con otros observatorios que existan a nivel provincial, nacional e internacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre su constituci\u00f3n, la ley prev\u00e9 est\u00e9 integrado por representantes del Poder Legislativo, uno por cada bloque, los que ser\u00e1n designados por cada uno de ellos,&nbsp; del Poder Ejecutivo, los que ser\u00e1n convocados como organismos de consulta para el tratamiento de temas inherentes al Observatorio y de asociaciones civiles, organizaciones, colegios y consejos profesionales, universidades p\u00fablicas y privadas, as\u00ed como toda entidad no gubernamental que manifieste inter\u00e9s en el tratamiento de normas o pol\u00edticas que contribuyan a prevenir y erradicar el abuso sexual infantil y adolescente.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre la autoridad de aplicaci\u00f3n se faculta al Poder Ejecutivo a determinarla, debiendo reglamentarse&nbsp; en un plazo no mayor de noventa d\u00edas a partir de su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Liliana Spoljaric agradeci\u00f3 a los diputados Gustavo Corradi y Elida Cuesta y record\u00f3 que este proyecto fue realizado en conjunto con la diputada Mar\u00eda Elena Vargas y el fallecido diputado Rub\u00e9n Aquino, a quien record\u00f3 por su compromiso con los ni\u00f1os, \u201ceste proyecto fue presentado tambi\u00e9n por la actual Ministra de Salud Paola Ben\u00edtez\u201d y destac\u00f3 que \u201cel Chaco no cuenta con estad\u00edsticas sobre abuso sexual infantil, por eso este observatorio va a ser una herramienta de seguimiento de la calidad de vida de los ni\u00f1os, permitiendo el an\u00e1lisis de pol\u00edticas p\u00fablicas para prevenir el abuso sexual de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes que genera un da\u00f1o irreparable, es importante tener una estad\u00edstica, un observatorio, un Estado presente\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada de la UCR Carmen Delgado, remarc\u00f3 \u201cnuestro bloque acompa\u00f1a todas las iniciativas tendientes a recuperar la infancia, hablo desde los indicadores, es una realidad que nos duele, nos golpea y tenemos que tomar cartas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Amplian derechos a beneficiarios de la ley Brisa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Poder Legislativo aprob\u00f3 la ley 3418 N, estableciendo un marco regulatorio de ampliaci\u00f3n de derechos en el orden provincial para promover la inclusi\u00f3n y reparaci\u00f3n integral de ni\u00f1as, ni\u00f1os, adolescentes y j\u00f3venes beneficiarios de la ley Brisa, a la cual la Provincia del Chaco se encuentra adherida por ley 3117-N.<\/p>\n\n\n\n<p>Promovida por la diputada Nadia Garc\u00eda Amud, Diputados sancionaron la ley que dispone que los destinatarios previstos en el art\u00edculo 2\u00b0 de la normativa nacional 27.452, que resulten beneficiarios del R\u00e9gimen de Reparaci\u00f3n Econ\u00f3mica y que se encuentren radicados en la Provincia del Chaco, gozar\u00e1n de reducci\u00f3n tarifaria en los servicios de agua potable y energ\u00eda el\u00e9ctrica de, al menos, el 50% del consumo generado en la vivienda destinada a su residencia normal y habitual, gratuidad en el acceso y uso del transporte p\u00fablico de pasajeros dentro del territorio provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n tendr\u00e1n gratuidad en el acceso a los espect\u00e1culos deportivos y culturales que fueren organizados o auspiciados por el Estado Provincial, el que se efectivizar\u00e1 para el titular del beneficio y un acompa\u00f1ante de su preferencia, exenci\u00f3n del 50% de todo gravamen recaudado por la Administraci\u00f3n Tributaria Provincial y aquellos que, en virtud de reg\u00edmenes especiales, recauden otros organismos, en los cuales el beneficiario pueda verse obligado como contribuyente y gratuidad procesal en toda actuaci\u00f3n administrativa o judicial de orden provincial, con independencia del \u00e1rea o del fuero en el que debiera intervenir, para hacer valer sus derechos.<\/p>\n\n\n\n<p>Las personas destinatarias de la presente mantendr\u00e1n sus beneficios, con id\u00e9ntica limitaci\u00f3n temporal y bajo las mismas circunstancias que las previstas en la ley nacional 27.452.<\/p>\n\n\n\n<p>La autoridad de aplicaci\u00f3n de la presente ser\u00e1 el Ministerio de Desarrollo Social, a trav\u00e9s de la Subsecretaria de Ni\u00f1ez, Adolescencia y Familia o el organismo que en el futuro lo reemplace.<\/p>\n\n\n\n<p>Las personas comprendidas en el marco de la presente deber\u00e1n acreditar ante la autoridad de aplicaci\u00f3n, la titularidad y el mantenimiento peri\u00f3dico de los beneficios previstos en el R\u00e9gimen de Reparaci\u00f3n Econ\u00f3mica de ni\u00f1as, ni\u00f1os, adolescentes y j\u00f3venes contemplados por la ley nacional N\u00b0 27.452, y todo otro recaudo que as\u00ed se determine por v\u00eda reglamentaria.<\/p>\n\n\n\n<p>Para ello, la autoridad de aplicaci\u00f3n otorgar\u00e1 a los beneficiarios de la presente un carnet en formato f\u00edsico y digital, que servir\u00e1 de instrumento de validaci\u00f3n para gesti\u00f3n y goce de los derechos consagrados en esta ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Los gastos que demande la aplicaci\u00f3n de la presente ser\u00e1n atendidos con los recursos previstos en las partidas presupuestarias respectivas de las jurisdicciones que correspondan, de acuerdo con su naturaleza.<\/p>\n\n\n\n<p>Facultando al Poder Ejecutivo a efectuar las readecuaciones presupuestarias que resulten menester para la implementaci\u00f3n de esta ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s se invita&nbsp; a los Municipios a adherir a la presente y a dictar la normativa pertinente a efectos del otorgamiento de beneficios impositivos, en relaci\u00f3n a los tributos que fueran de su competencia y\/o el reconocimiento de nuevos beneficios en el \u00e1mbito de su jurisdicci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Poder Ejecutivo reglamentar\u00e1 la presente en el t\u00e9rmino de treinta d\u00edas contados a partir de su vigencia.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Nadia Garc\u00eda Amud detall\u00f3: \u201ccon esta iniciativa propiciamos ampliar los beneficios de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes que son sujetos beneficiarios de la Ley Brisa, quiero recordar que aquel proyecto que se present\u00f3 a nivel nacional se inspir\u00f3 en Brisa Barrionuevo, que era una ni\u00f1a de tres a\u00f1os cuando su madre fue asesinada a golpes por su marido, hoy condenado a perpetua, la t\u00eda se hizo cargo de esta ni\u00f1a y sus hermanos e inspir\u00f3 a legisladores nacionales a sacar esta ley\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLo que buscamos es que la provincia tambi\u00e9n acompa\u00f1e a estos ni\u00f1os, en temas como la reducci\u00f3n tarifaria de los servicios en la vivienda en la cual&nbsp; van a vivir, gratuidad del uso de transporte p\u00fablico, gratuidad de acceso a espect\u00e1culos p\u00fablicos, excepci\u00f3n de grav\u00e1menes, y la gratuidad procesal que creo que es lo mas importante\u201d destac\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>J\u00e9ssica Ayala felicit\u00f3 a la autora y apunt\u00f3: \u201cse trata de ampliar derechos de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes que quedaron sin responsabilidad parental, entendemos de la necesidad de que sea ley, esto es lo que nosotros llamamos incorporar la perspectiva de g\u00e9nero y ver las desigualdades existentes, hoy en chaco existen 12 ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes que quedaron sin responsabilidad parental y sin ning\u00fan tipo de reparaci\u00f3n econ\u00f3mica, y solo 3 se encuentran percibiendo la pensi\u00f3n de la Ley Brisa\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Establecen el d\u00eda Provincial de la Educaci\u00f3n en Contexto de Encierro y de sus Trabajadores y Trabajadoras Docentes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Poder Legislativo por medio de la ley 3419 E se instituy\u00f3&nbsp; el \u201cD\u00eda Provincial de la Educaci\u00f3n en Contexto de Encierro y de sus Trabajadores y Trabajadoras Docentes\u201d, el 25 de agosto de cada a\u00f1o, fecha en que fuera aprobada la Resoluci\u00f3n N\u00ba 110\/2010-Consejo Federal de Educaci\u00f3n que regula y articula las pol\u00edticas el Programa Nacional de Educaci\u00f3n en Establecimientos Penitenciarios.<\/p>\n\n\n\n<p>La norma sancionada por unanimidad surge de la acumulaci\u00f3n de dos iniciativas y establece como d\u00eda no laborable para las trabajadoras y los trabajadores de la educaci\u00f3n en contexto de encierro el 25 de agosto de cada a\u00f1o, en todo el \u00e1mbito del territorio provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>A su vez, determina que el Poder Ejecutivo dispondr\u00e1, a trav\u00e9s del Ministerio de Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda y de conformidad a lo instituido en el art\u00edculo 1\u00b0 de la presente, la incorporaci\u00f3n de esta normativa a las efem\u00e9rides y calendario educativo, dictando consecuentemente las medidas aleg\u00f3ricas y administrativas para su reconocimiento y conmemoraci\u00f3n por parte del personal docente y no docente y los educandos de los distintos niveles.<\/p>\n\n\n\n<p>Gladis Cristaldo detall\u00f3: \u201cse propicia instituir un D\u00eda de la educaci\u00f3n en contexto de encierro, el 25 de agosto, esta fecha surgi\u00f3 de los docentes y tiene que ver con una Resoluci\u00f3n 110\/10, aprobada por el Consejo Federal de Educaci\u00f3n, que es la que regula y articula las pol\u00edticas del Programa Nacional de Educaci\u00f3n en Establecimientos Penitenciarios\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, agradeci\u00f3 \u201ca todos los integrantes de la Comisi\u00f3n de Educaci\u00f3n que han trabajado y aportado en el debate, entiendo que es una respuesta a una larga lucha de educadores y educadoras que trabajan no solo en el servicio penitenciario, tambi\u00e9n en los centros de alojamiento de menores en conflicto con la ley penal, este trabajo debe ser reconocido, visibilizado, y una de las formas m\u00e1s genuinas es que tenga un d\u00eda, y se hable de la importancia de la tarea que ellos realizan en estos contextos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Carmen Delgado aport\u00f3 una reflexi\u00f3n: \u201ccu\u00e1l es la funci\u00f3n y el rol del docente, formar personas es la tarea m\u00e1s digna, cuando se refiere en estos casos a docentes que tienen la responsabilidad de orientar a estas personas, celebramos que podamos establecer un d\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Se cre\u00f3 el centro de interpretaci\u00f3n ind\u00edgena de la provincia del Chaco<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por medio de la ley&nbsp; 3420 E ,se cre\u00f3 el Centro de Interpretaci\u00f3n Ind\u00edgena de la Provincia del Chaco, a los fines de resguardar, promover y digitalizar los derechos culturales y ling\u00fc\u00edsticos de los tres Pueblos Originarios de la Provincia del Chaco, actuando el mismo como complemento de los \u00d3rganos Estatales para los mismos objetivos.<\/p>\n\n\n\n<p>Presentado por la diputada Andrea Charole,&nbsp; la Legislatura provincial aprob\u00f3 por unanimidad la creaci\u00f3n de este centro cuya autoridad de aplicaci\u00f3n ser\u00e1 el Ministerio de Educaci\u00f3n Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda y los que el Poder Ejecutivo considere pertinente.<\/p>\n\n\n\n<p>Este organismo estar\u00e1 integrado por personal ind\u00edgena de forma exclusiva, designado por la autoridad de aplicaci\u00f3n emitiendo opini\u00f3n para estos fines el I.D.A.CH. (Instituto del Aborigen Chaque\u00f1o).<\/p>\n\n\n\n<p>El Centro de Interpretaci\u00f3n Ind\u00edgena ser\u00e1 articulado siguiendo el dise\u00f1o de los nuevos recursos museogr\u00e1ficos did\u00e1cticos, recopilaci\u00f3n de datos, trabajos emp\u00edricos en terreno para su pronta exposici\u00f3n y digitalizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Centro de Interpretaci\u00f3n Ind\u00edgena tendr\u00e1 las siguientes funciones: la interpretaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la cultura de los pueblos originarios, respetando su cosmovisi\u00f3n, explicar el sentido de algo, y principalmente el de un texto, traducir de una lengua a otra, sobre todo cuando se hace oralmente, concebir, ordenar o expresar de un modo personal la realidad, explicar acciones, dichos o sucesos que pueden ser entendidos de diferentes modos, mostrar la realidad de los pueblos originarios, pasada y presente, de una forma did\u00e1ctica, participativa y amena para todo p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed tambi\u00e9n fomentar el di\u00e1logo intercultural con el p\u00fablico, docentes, investigadores y estudiantes de todos los niveles y modalidades del sistema educativo, impulsar el trabajo conjunto con gestores culturales y equipos de investigaci\u00f3n en busca de abrir nuevas perspectivas en los planes y metodolog\u00eda de estudios en sus respectivas disciplinas, establecer convenios con el Estado para realizar investigaciones a los fines de conocer la diversidad cultural de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas, as\u00ed como sus costumbres y tradiciones, e incluir en las pol\u00edticas de Estado en materia de cultura y educaci\u00f3n las acciones tendientes a la protecci\u00f3n, preservaci\u00f3n, promoci\u00f3n y desarrollo de las diversas culturas y lenguas ind\u00edgenas, haciendo inclusiva la participaci\u00f3n de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s son sus funciones digitalizar todo lo referido a la cuesti\u00f3n ind\u00edgena, y volcarlo de manera virtual en toda la regi\u00f3n de la Provincia y sus alrededores, establecer campa\u00f1as informativas para toda la Comunidad, charlas, reuniones en los distintos Departamentos que posee el Chaco y llevar el uso de la tecnolog\u00eda y la modalidad virtual a todos los lugares que existan poblaci\u00f3n ind\u00edgena.<\/p>\n\n\n\n<p>El patrimonio del Centro de Interpretaci\u00f3n Ind\u00edgena estar\u00e1 compuesto por donaciones de bienes materiales e inmateriales, as\u00ed como tambi\u00e9n subsidios para fines determinados, generales o proyectos y programas, siempre que \u00e9stos no impliquen un obst\u00e1culo al funcionamiento de la Instituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La norma tambi\u00e9n indica que la autoridad de aplicaci\u00f3n establecer\u00e1 el lugar, cede donde desplegaran las funciones esta Instituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente, se imputar\u00e1n a la partida presupuestaria correspondiente a la Jurisdicci\u00f3n N\u00b0 29 -Ministerio de Educaci\u00f3n, Cultura, Ciencia y Tecnolog\u00eda de la Provincia del Chaco y\/o lo que designe el Poder Ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Andrea Charole celebr\u00f3 \u201cque nuevamente esta Legislatura est\u00e1 reivindicando a las comunidades originarias, la propuesta del Centro es un emprendimiento m\u00e1s amplio, diferente, buscamos adaptarnos a los nuevos avances de la museograf\u00eda, con el objetivo de presentar al p\u00fablico un contenido claro\u201d y se\u00f1al\u00f3 \u201cintenta poner fin al antagonismo entre el mundo ind\u00edgena y el mundo acad\u00e9mico en sus diferentes disciplinas, el objetivo es la interpretaci\u00f3n de la cultura, respetando la cosmovisi\u00f3n, impulsa el trabajo en conjunto con arque\u00f3logos y antrop\u00f3logos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSurge de la imperiosa necesidad de desarrollar formas de interpretaci\u00f3n alternativas a las disciplinas occidentales, entendemos que la convicci\u00f3n de esta articulaci\u00f3n suma conocimiento y enriquece la difusi\u00f3n de estudios de nuestra comunidad\u201d remarc\u00f3, \u201cbusca el acercamiento de las diferentes miradas del pasado, para resignificar el presente, sobre todo el objetivo del proyecto es lograr el autorreconocimiento y la reafirmaci\u00f3n de la identidad ind\u00edgenas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Introducen mejoras a la Ley de Residencias M\u00e9dicas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La legislatura sancion\u00f3 una modificaci\u00f3n a la ley 1215-G, R\u00e9gimen de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n de los Recursos Humanos en Salud de la Provincia del Chaco. La norma, presentada por el diputado Nicol\u00e1s Slimel, tiende a \u201cobtener una mejora de naturaleza cualitativa en cuanto a los derechos y obligaciones exigibles a los Residentes Remunerados dentro del \u00e1mbito de la Salud P\u00fablica de la provincia del Chaco\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre las modificaciones se establece que \u201clos Jefes de Residentes e Instructores, durante el per\u00edodo, que dure su funci\u00f3n, percibir\u00e1n adem\u00e1s una bonificaci\u00f3n que ser\u00e1 equivalente a la de mayor funci\u00f3n, la que deber\u00e1 ser otorgada&nbsp; por decreto.\u201d asimismo, los Residentes \u201cgozar\u00e1n de un seguro de responsabilidad civil por mala praxis desde su ingreso al sistema de Salud P\u00fablica, a cargo de la jurisdicci\u00f3n en la que cumplan funciones y en la modalidad que determine la reglamentaci\u00f3n\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se especifica que \u201cla Licencia Anual podr\u00e1 ser usufructuada por el residente una vez transcurridos seis meses del inicio del ciclo lectivo\u201d y se incorpora una cl\u00e1usula estableciendo que \u201cpara la designaci\u00f3n de los residentes se deber\u00e1 considerar la paridad de g\u00e9neros; intercal\u00e1ndose a mujeres y varones de conformidad al m\u00e9rito obtenido en sus ex\u00e1menes de ingreso\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ratifican la modificaci\u00f3n del Pacto Federal del Trabajo<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La C\u00e1mara de Diputados sanciona con fuerza de ley N\u00ba 3422 y con ella ratificando&nbsp; la&nbsp; normativa nacional modificatoria el Pacto Federal del Trabajo, suscripto el 29 de julio de 1998, entre el Poder Ejecutivo Provincial, el Nacional, los representantes de las dem\u00e1s provincias y de la Ciudad Aut\u00f3noma De Buenos Aires, que tiene como finalidad resguardar la situaci\u00f3n de vulnerabilidad que presentan los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, de conformidad con el programa nacional de acci\u00f3n en materia de trabajo infantil.<\/p>\n\n\n\n<p>La norma sancionada impulsada por los diputados Enrique Paredes y Nicol\u00e1s Slimel, determina que las facultades de los inspectores laborales y otros agentes especialmente autorizados, as\u00ed como el criterio para la graduaci\u00f3n de las multas cuya aplicaci\u00f3n compete a la Direcci\u00f3n Provincial de Prevenci\u00f3n y Erradicaci\u00f3n de Trabajo Infantil y Protecci\u00f3n del Trabajo Adolescente de conformidad con la Ley 3048-A de Creaci\u00f3n, Organizaci\u00f3n y Funcionamiento de aquella, se regir\u00e1n por las disposiciones del anexo II del \u201cPacto Federal del Trabajo\u201d Ley 25.212, leyes modificatorias y complementarias.<\/p>\n\n\n\n<p>Las infracciones a lo establecido en el Pacto Federal del Trabajo, dar\u00e1n lugar a la imposici\u00f3n de las siguientes multas que se establecen a continuaci\u00f3n y de conformidad con lo normado por dicho texto legal.<\/p>\n\n\n\n<p>Las infracciones leves se sancionar\u00e1n de acuerdo a la siguiente graduaci\u00f3n: a) Apercibimiento, para la primera infracci\u00f3n leve, de acuerdo a los antecedentes y circunstancia de cada caso, evaluadas por la autoridad administrativa de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;Multa del veinticinco por ciento (25%) al ciento cincuenta por ciento (150%) del valor mensual del Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil vigente al momento de la constataci\u00f3n de la infracci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de las infracciones graves se sancionar\u00e1n con multa del treinta por ciento (30%) al doscientos por ciento (200%) del valor mensual del Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil vigente al momento de la constataci\u00f3n de la infracci\u00f3n, por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando se trate de infracciones muy graves ser\u00e1n sancionadas con multa del cincuenta por ciento (50%) al dos mil por ciento (2.000%) del valor mensual del Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil vigente al momento de la constataci\u00f3n de la infracci\u00f3n, por cada trabajador afectado.<\/p>\n\n\n\n<p>En casos de reincidencia respecto de las infracciones previstas en los incisos c), d) y h) del art\u00edculo 3\u00b0, la autoridad administrativa podr\u00e1 adicionar a los montos m\u00e1ximos de la multa una suma que no supere el diez por ciento (10%) del total de las remuneraciones que se hayan devengado en el establecimiento en el mes inmediato anterior al de la constataci\u00f3n de la infracci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Las sanciones previstas en el punto 3 del presente art\u00edculo por las conductas tipificadas en el inciso f) del art\u00edculo 4\u00b0 del presente r\u00e9gimen, se aplicar\u00e1n por cada uno de los trabajadores integrantes de la n\u00f3mina del establecimiento o de los establecimientos involucrados.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;En los supuestos de reincidencia en infracciones muy graves: a) Se podr\u00e1 clausurar el establecimiento hasta un m\u00e1ximo de diez (10) d\u00edas, manteni\u00e9ndose, entre tanto, el derecho de los trabajadores al cobro de las remuneraciones.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de tratarse de servicios p\u00fablicos esenciales, deber\u00e1n garantizarse los servicios m\u00ednimos.<\/p>\n\n\n\n<p>El empleador quedar\u00e1 inhabilitado por un (1) a\u00f1o para acceder a licitaciones p\u00fablicas y ser\u00e1 suspendido de los registros de proveedores o aseguradores de los Estados nacional y provinciales y de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires.<\/p>\n\n\n\n<p>Se establece tambi\u00e9n que la obstrucci\u00f3n que de cualquier manera impida, perturbe o retrase la actuaci\u00f3n de las autoridades administrativas del trabajo ser\u00e1 sancionada, previa intimaci\u00f3n, con multa del cien por ciento (100%) al cinco mil por ciento (5000%) del valor mensual del Salario M\u00ednimo, Vital y M\u00f3vil, vigente al momento de la constataci\u00f3n de la infracci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En casos de especial gravedad y contumacia, la autoridad administrativa podr\u00e1 adicionar a los montos m\u00e1ximos de la multa, una suma que no supere el diez por ciento (10%) del total de las remuneraciones que se hayan devengado en el establecimiento en el mes inmediatamente anterior al de la constataci\u00f3n de la infracci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin perjuicio de la penalidad establecida, la Direcci\u00f3n Provincial de Prevenci\u00f3n y Erradicaci\u00f3n de Trabajo Infantil y Protecci\u00f3n del Trabajo Adolescente podr\u00e1 compeler la comparecencia de quienes hayan sido debidamente citados a una audiencia mediante el auxilio de la fuerza p\u00fablica, el que ser\u00e1 prestado como si se tratara de un requerimiento judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>La Provincia del Chaco con la creaci\u00f3n de la DIPROPETI, mediante Ley 3048-A; ha ido acompa\u00f1ando con pol\u00edticas firmes que han sido trazadas a nivel Naci\u00f3n a los fines de resguardar la situaci\u00f3n de vulnerabilidad que presentan los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, todo ello de conformidad con el programa nacional de acci\u00f3n en materia de trabajo infantil; contemplado en el \u201cPacto Federal de Trabajo\u201d Ley 25.212, a trav\u00e9s de los controles y propiciando a que las sanciones dispuestas a quienes no cumplen con sus obligaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Nicol\u00e1s Slimel, presidente de la Comisi\u00f3n de Hacienda, explic\u00f3 que \u201cesta es una propuesta que surgi\u00f3 de los trabajadores de la Dipreti, que es una direcci\u00f3n que tiene un trabajo importante en la erradicaci\u00f3n del trabajo infantil, y que nos informa que el a\u00f1o pasado en plena pandemia se elaboraron m\u00e1s de 500 actas de infracci\u00f3n por parte de empleadores, personas que no tienen escr\u00fapulos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cHay dos situaciones que se presentan es la direcci\u00f3n de trabajo, y la direcci\u00f3n de erradicaci\u00f3n de trabajo infantil, cuando se generan multas no se contempla en la ley original lo que estamos haciendo, que es incorporar esta ley nacional que le va a permitir a la autoridad de aplicaci\u00f3n determinar multas a los inescrupulosos que se atreven a tener chiquitos trabajando\u201d puntualiz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Enrique Paredes, por su parte, record\u00f3: \u201ccuando tuve la suerte de acompa\u00f1ar al Gobernador como Subsecretario, la erradicaci\u00f3n del trabajo infantil no exist\u00eda, entonces nos pusimos a trabajar sobre este tema con Nelly Maldonado y la invit\u00e9 a que venga a la subsecretar\u00eda, hoy me voy contento porque cada vez que sesionamos sacamos leyes por los ni\u00f1os y adolescentes y se va a acorralando a los inescrupulosos que no entienden el da\u00f1o que le hacen a los chicos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La diputada Liliana Spoljaric acompa\u00f1\u00f3 la iniciativa, y agreg\u00f3 \u201cyo tambi\u00e9n fui Secretaria de empleo y trabajo, y en 2019 votamos un proyecto de mi autor\u00eda para la creaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n de trabajo infantil, hay que hablar mucho de la cultura del trabajo en todas esas familias que est\u00e1n haciendo explotar a sus ni\u00f1os\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>El Poder Legislativo financiar\u00e1 las Becas del Centenario<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Por unanimidad, la Legislatura provincial aprob\u00f3 la ley 3423 E, por medio de la cual crea el Sistema de Becas del Centenario, el que tendr\u00e1 por objeto facilitar el acceso o prosecuci\u00f3n de estudios a la poblaci\u00f3n estudiantil para ingresar a la Educaci\u00f3n Superior y\/o Universitaria, de j\u00f3venes estudiantes pertenecientes al \u00faltimo a\u00f1o del Nivel Medio de cada escuela en las localidades que cumplan su centenario en el a\u00f1o 2021. La norma que fue trabajada y mejorada en el \u00e1mbito de la comisi\u00f3n de Educaci\u00f3n nace a propuesta del presidente del Poder Legislativo del Chaco Hugo Sager, sobre una iniciativa presentada oportunamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Las localidades beneficiadas por cumplir sus 100 a\u00f1os de fundaci\u00f3n en el 2021 y sus correspondientes establecimientos educativos son, Las Bre\u00f1as, Campo Largo, Corzuela, Machagai, Napenay, Avia Terai&nbsp; y Presidencia de la Plaza.<\/p>\n\n\n\n<p>Los objetivos de esta normativa sancionada por unanimidad&nbsp; \u2013presentada por diputado Livio Guti\u00e9rrez, con las incorporaciones de la presidencia del Poder Legislativo- son reconocer el esfuerzo y compromiso educativo de j\u00f3venes de la provincia del Chaco en su \u00faltimo a\u00f1o de Educaci\u00f3n Media, favorecer el acceso de estudiantes al \u00e1mbito del Sistema Educativo Universitario y\/o Superior, garantizar la permanencia, con un buen desempe\u00f1o acad\u00e9mico en el sistema educativo y contribuir al desarrollo de la Provincia, promoviendo la formaci\u00f3n de recursos humanos en carreras que resulten prioritarias para el crecimiento econ\u00f3mico de la misma.<\/p>\n\n\n\n<p>La misma establece que las becas tienen por finalidad promover, la capacidad e inter\u00e9s de los estudiantes en el \u00e1mbito educativo. Las becas ser\u00e1n otorgadas por el Poder Legislativo del Chaco y tendr\u00e1n car\u00e1cter personal e intransferible. La ley indica que los gastos que demande el cumplimiento de misma ser\u00e1n asumidos por el Poder Legislativo del Chaco.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>08-Jul-21  Previo al tratamiento de la alteraci\u00f3n del Orden del D\u00eda acordada para la sesi\u00f3n de este mi\u00e9rcoles, legisladores solicitaron el uso de la palabra para expresar pesar por el fallecimiento de personalidades reconocidas de la pol\u00edtica y la cultura, y para referirse a otros temas relevantes.<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[98],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/79177"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=79177"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/79177\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":79185,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/79177\/revisions\/79185"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=79177"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=79177"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=79177"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}