La sentencia, firmada este 31 de marzo de 2026, establece que el trabajador se desempeñó durante más de 15 años bajo distintas modalidades de beca y programas, cumpliendo tareas de manera continua en el sistema de salud pública.
En el fallo, el juez onsideró que la figura de “becado” no podía sostenerse de manera indefinida cuando en los hechos el trabajador realizaba funciones permanentes, por lo que entendió que existió una situación de precarización laboral.
Además, la resolución ordena que se le reconozca la antigüedad desde el 15 de julio de 2010, tanto para fines jubilatorios, de obra social y para el cobro de la bonificación por antigüedad.
El Gobierno provincial tendrá un plazo de 60 días para dictar el acto administrativo correspondiente y efectivizar la incorporación, bajo apercibimiento de sanciones en caso de incumplimiento.
La Provincia había rechazado el planteo al sostener que no existía vínculo laboral formal y que la vía del amparo no era la adecuada, pero la Justicia descartó esos argumentos y resolvió a favor del trabajador.
Así lo detallaron las abogadas Dra. Verónica Orellana – Dra. Debora Medina – Dra. Debora Benítez.


