{"id":26156,"date":"2020-06-23T17:51:59","date_gmt":"2020-06-23T20:51:59","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/?p=26156"},"modified":"2020-06-23T17:56:20","modified_gmt":"2020-06-23T20:56:20","slug":"barranqueras-en-concordancia-con-nacion-y-provincia-municipio-extiende-el-aislamiento-social-preventivo-y-obligatorio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/2020\/06\/23\/barranqueras-en-concordancia-con-nacion-y-provincia-municipio-extiende-el-aislamiento-social-preventivo-y-obligatorio\/","title":{"rendered":"BARRANQUERAS: En Concordancia Con Naci\u00f3n Y Provincia, Municipio Extiende El Aislamiento Social, Preventivo Y Obligatorio"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image\"><img src=\"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-content\/uploads\/2020\/02\/Municipio.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-12726\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>En el marco de los decretos de Naci\u00f3n y Provincia,\n520\/ 20 y 732\/ 20 respectivamente, la Municipalidad de Barranqueras, conducida\npor la intendente Magda Ayala, resuelve prorrogar el aislamiento social,\npreventivo y obligatorio, desde el 22 de junio al 28 de junio del 2020,\nmediante la resoluci\u00f3n 812\/ 20.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta l\u00ednea, la jefe comunal precis\u00f3 que \u201cesta\nnueva normativa prorroga las anteriores resoluciones de intendencia municipal\ncomo la 431\/ 20, 434\/20, 450\/20, 451\/20, 473\/20, 475\/20, 487\/50, 555\/20,\n612\/20, 726\/20 y 734\/20\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, la resoluci\u00f3n 812\/ 20 \u201cDISPONE que las autoridades\nprovinciales, en conjunto con las municipales, cada uno en su \u00e1mbito de\ncompetencia, dispondr\u00e1n los procedimientos de fiscalizaci\u00f3n necesarios para\ngarantizar el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio de\nlos protocolos vigentes y de toda la legislaci\u00f3n dispuesta en el marco de la\nEmergencia Sanitaria y sus normas complementarias\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta l\u00ednea, se resuelve CONCEDER licencia\nextraordinaria, desde el 22 de junio del 2020 hasta el 28 de junio del 2020\ninclusive, al personal municipal considerado como grupo de riesgo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>GUARDIAS PASIVAS<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, la 812\/20 DETERMINA que &#8220;todo\nel personal que no sea convocado a cubrir guardias m\u00ednimas se considerar\u00e1 en\nGUARDIA PASIVA desde las 00 horas del 22 de junio del 2020 y hasta el 28 de\njunio del 2020&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>AUTORIZACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>AUTORIZAR al Secretario Coordinador de Gabinete a\ndictar los instrumentos necesarios para establecer las guardias m\u00ednimas y \/ o\nCONVOCAR al personal municipal que por su experiencia, oficio, idoneidad,\nespecialidad y conocimiento especial sobre determinada materia y \/ o asunto,\ncomo as\u00ed tambi\u00e9n en virtud del cargo y \/ o situaci\u00f3n de revista que ostenta, A\ncumplir con las guardias m\u00ednimas en los lugares y horarios que oportunamente se\nestablezcan\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>TRABAJOS DESDE EL HOGAR<\/p>\n\n\n\n<p>En otro de los art\u00edculos (9) de la resoluci\u00f3n\nmunicipal 812, se ESTABLECE que el Poder Ejecutivo municipal y\/ o secretarios\ny\/ o coordinadores podr\u00e1n requerir a los agentes de la Municipalidad de\nBarranqueras, estudios, trabajos y\/ o tareas que puedan realizarse desde su\nhogar y comunicarlos por v\u00eda electr\u00f3nica y en casos de urgencia y necesidad\npodr\u00e1 requerir la presencia y\/ o labor activa del personal mediante el\ncumplimiento de guardias m\u00ednimas en las oficinas de la Municipalidad de\nBarranqueras y\/ o donde la autoridad correspondiente determine.<\/p>\n\n\n\n<p>PLAZOS ADMINISTRATIVOS<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, se DETERMINA la suspensi\u00f3n de los plazos\nadministrativos a partir del 8 de junio del 2020 hasta el 28 de junio del 2020\na las 24 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>SUSPENSI\u00d3N DE ACTIVIDADES<\/p>\n\n\n\n<p>En este art\u00edculo, el 12, la resoluci\u00f3n 812 ESTABLECE\nhasta el 28 de junio del 2020 a las 24 horas la suspensi\u00f3n de las siguientes\nactividades: 1) Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las\nmodalidades; 2) Eventos p\u00fablicos y privados, sociales, teatros, centros\nculturales, bibliotecas, museos, clubes, cualquier espacio p\u00fablico o privado\nque implique la concurrencia de personas; 3) Restaurantes, bares y\/ o cualquier\nactividad con o sin fin de lucro que implique la aglomeraci\u00f3n o concurrencia de\npersonas; 4) Actividades tur\u00edsticas.<\/p>\n\n\n\n<p>GRUPOS DE RIESGO<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto al art\u00edculo 13, la jefa comunal Magda\nAyala explic\u00f3 \u201cDETERMINAR como grupo de riesgo a personas mayores de sesenta\n(60) a\u00f1os, embarazadas, personas con enfermedades respiratorias cr\u00f3nicas,\nenfermedades pulmonares obstructiva cr\u00f3nica (EPOC), enfisema cong\u00e9nito,\ndisplacia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosa qu\u00edstica y asma moderado o\nsevero, personas con enfermedades card\u00edacas, insuficiencia card\u00edaca,\nenfermedades coronarias, valvulopat\u00edas y cardiopat\u00eda cong\u00e9nita, personas con\ninmunodeficiencia, personas con diabetes, insuficiencia renales cr\u00f3nica con\ndi\u00e1lisis; las personas mayores de sesenta (60) que sean consideradas personas\nesenciales o est\u00e9n afectados a alguna actividad cr\u00edtica o de prestaci\u00f3n de\nservicios indispensables, no se encontrar\u00e1n enmarcados en el presente, salvo\nque presenten las comorbilidades mencionadas para los grupos de riesgo.<\/p>\n\n\n\n<p>AGENCIAS DE QUINIELA, LOTER\u00cdA Y AFINES<\/p>\n\n\n\n<p>Las agencias de quiniela, loter\u00eda y afines podr\u00e1n\nfuncionar, seg\u00fan lo establezca la autoridad de aplicaci\u00f3n, cumpliendo las\nmedidas y protocolos de higiene general, bioseguridad y obligatorio\ndistanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<p>IGLESIAS Y TEMPLOS<\/p>\n\n\n\n<p>Al puntualizar a las Iglesias y Templos, la\nresoluci\u00f3n AUTORIZA&nbsp; a que mediante la\nInfraestructura \u2013 T\u00e9cnica \u2013 Digital y equipamiento necesario puedan dar sus\nMisas, Palabras, Celebraciones y Sermones a trav\u00e9s de filmaciones y transmisi\u00f3n\non \u2013 line en los horarios de 8 horas y hasta las 18 horas, en la que no deben\nparticipar m\u00e1s de tres (3) personas en su realizaci\u00f3n, con las debidas normas y\nprotocolos de higiene y distanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<p>OBRAS PRIVADAS<\/p>\n\n\n\n<p>En el art\u00edculo 17, de la resoluci\u00f3n 812, se\nESTABLECE que las obras privadas deber\u00e1n ajustarse a los t\u00e9rminos del Decreto\nProvincial, y efectuarse en aquellos edificios y viviendas no habitadas, de\nforma progresiva, en jornadas de trabajo solo entre las 8 horas y las 17 horas,\ncon planteles de obreros o personal en horarios y reducido, debiendo los\ntrabajadores evitar la utilizaci\u00f3n de transporte p\u00fablico para su desplazamiento\nhacia el lugar de trabajo. Asimismo que dicha actividad deber\u00e1 prever\nsuspensi\u00f3n de tareas cada tres (tres) horas para higienizaci\u00f3n del ambiente y\npersonal.<\/p>\n\n\n\n<p>OFICIOS Y ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS <\/p>\n\n\n\n<p>En este punto, se ESTABLECE que los oficios y\nactividades complementarias a la Obra P\u00fablica y Privada que sea especialmente\nhabilitada tales como corralones, ladriller\u00eda, alba\u00f1iler\u00eda, pinturer\u00eda, plomer\u00eda,\nelectricidad, herramienta y equipamiento, ferreter\u00eda y afines vinculados a la\nventa y\/ o expendio de materiales e insumos destinado a la construcci\u00f3n, podr\u00e1n\nfuncionar de 8 horas a 18 horas cumpliendo las medidas y protocolos de higiene\ngenerales, bioseguridad y y obligatorio distanciamiento social.<\/p>\n\n\n\n<p>USO DE TAPABOCA<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n a las medidas de protecci\u00f3n mediante\ndistintos elementos, la intendente mencion\u00f3 que dentro de la resoluci\u00f3n 812, en\nel art\u00edculo 19 \u201cse PRORROGA la obligatoriedad del uso de tapaboca a partir del\n22 de junio del 2020 y hasta el 28 de junio del 2020, a las 24 horas, para\ntodas las personas que se domicilien y\/ o permanezcan en forma transitoria y\/ o\ncirculen cualquiera fuese el motivo en la ciudad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<p>SERVICIOS DELIVERYS<\/p>\n\n\n\n<p>En el art\u00edculo 20, se ESTABLECE que desde el 22 de\njunio del 2020 hasta el 28 de junio del 2020 a las 24 horas inclusive, los\ndiferentes rubros comerciales y actividades consideradas como no esenciales de\nla ciudad de Barranqueras, podr\u00e1n funcionar en el horario de 8 horas a 20\nhoras, expresamente sin atenci\u00f3n al p\u00fablico, bajo la modalidad de servicio de\ndelivery y\/ o servicios puerta a puerta, del producto que comercializa el local\ncon el cliente y\/ o consumidor destinatario del mismo y\/ o bajo la modalidad y\/\no bajo la modalidad de \u201ctake away\u201d (tome y lleve), recepcionando el bien o el\nproducto adquirido el cliente y retir\u00e1ndose inmediatamente, previendo en este\n\u00faltimo caso el comercio todas las normas y protocolos de seguridad e higiene. Y\na los fines citados podr\u00e1n implementar para su comercializaci\u00f3n todas las\nherramientas tendiente a conservar y mantener el aislamiento social, preventivo\ny obligatorio vigente, propiciando para ello la utilizaci\u00f3n de medios\ndigitales, plataforma web, servicios telef\u00f3nicos, cobro y pago en l\u00ednea, pagos\ncontra entrega de producto, motoveh\u00edculos del\u00edverys, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>TALLERES MEC\u00c1NICOS<\/p>\n\n\n\n<p>En otro de los puntos, la resoluci\u00f3n 812 ESTABLECE\nla habilitaci\u00f3n de talleres mec\u00e1nicos para el servicio y asistencia\nexclusivamente de veh\u00edculos utilizados o afectados a actividades sanitarias de\nseguridad.<\/p>\n\n\n\n<p>SERVICIOS ESENCIALES Y EXCEPTUADOS<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la resoluci\u00f3n 812, en el art\u00edculo 22,\nEXCEPT\u00daA del alcance de la modalidad sin atenci\u00f3n al p\u00fablico al listado de\nactividades y servicios esenciales declarados y exceptuados ante la pandemia declarada\npor el COVID \u2013 19, mediante esta Municipalidad, que funcionar\u00e1n en el horario\nde 8 horas a 20 horas:<\/p>\n\n\n\n<p>_ Aquellas que involucren la fabricaci\u00f3n,\ndistribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n mayorista y minorista de alimentos, bebidas,\nproductos y art\u00edculos de higiene y limpieza.<\/p>\n\n\n\n<p>_ Farmacias y \u00f3pticas.<\/p>\n\n\n\n<p>_ Centro de Atenci\u00f3n Telef\u00f3nica.<\/p>\n\n\n\n<p>_ Veterinarias y Pet Shop.<\/p>\n\n\n\n<p>DEL\u00cdVERYS<\/p>\n\n\n\n<p>Con respecto al horario de atenci\u00f3n al p\u00fablico de\nlos servicios de rotiser\u00edas y\/ o comercios destinados a la comercializaci\u00f3n de\ncomida elaborada, bajo la modalidad de delivery, ser\u00e1 de lunes a jueves de 8\nhoras a 23 horas y de viernes a domingo de 8 horas a 24 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>ESTACIONES DE SERVICIO<\/p>\n\n\n\n<p>_ Funcionar\u00e1n las que se encuentran emplazadas en la\nciudad de Barranqueras en el horario de 8 horas a 20 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>FARMACIAS<\/p>\n\n\n\n<p>_ Las farmacias tendr\u00e1n un horario de atenci\u00f3n de 8\nhoras a 20 horas, a excepci\u00f3n de las farmacias de turno que funcionan en el\nMunicipio de Barranqueras, que continuar\u00e1n con el horario vigente para las\nmismas, ello en funci\u00f3n de la naturaleza de los productos que comercializan.<\/p>\n\n\n\n<p>FUERZAS DE SEGURIDAD<\/p>\n\n\n\n<p>_ ESTABLECER que la Guardia Urbana Municipal\njuntamente con la Polic\u00eda del Chaco deber\u00e1n llevar adelante todas las acciones\nque sean necesarias, id\u00f3neas y efectivas a los fines de controlar y evitar el\naglomeramiento de personas dentro y fuera de las entidades bancarias del \u00e9jido\nmunicipal.<\/p>\n\n\n\n<p>LIMITACI\u00d3N DE CIRCULACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>_ESTABLECER, la limitaci\u00f3n de circulaci\u00f3n entre las\npersonas y veh\u00edculos de la ciudad de Barranqueras, con las dem\u00e1s ciudades\nlim\u00edtrofes (Puerto Vilelas y Resistencia), debiendo para hacerlo portar con la\nrespectiva autorizaci\u00f3n de circulaci\u00f3n nacional y\/ o provincial.<\/p>\n\n\n\n<p>CIERRE DE ACCESOS<\/p>\n\n\n\n<p>_ESTABLECER, la continuidad del cierre de los\naccesos a la ciudad de Barranqueras, estableciendo como \u00fanico acceso a la\nciudad de Barranqueras por avenida 9 de Julio, avenida San Mart\u00edn y avenida\nSoberan\u00eda Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>COMISI\u00d3N CONFORMADA POR DISTINTAS FUERZAS<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la normativa presente DETERMINA a los fines\ndel cumplimiento de la misma, y en caso de ser necesario, se conformar\u00e1 una\ncomisi\u00f3n integrada por distintas \u00e1reas de las fuerzas de seguridad y de inspecci\u00f3n\nen el \u00e9jido de la Municipalidad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<p>C\u00d3DIGO DE FALTAS MUNICIPAL<\/p>\n\n\n\n<p>Al hacer referencia al aislamiento, el art\u00edculo 34\nde la resoluci\u00f3n 812, resuelve DETERMINAR el incumplimiento a los t\u00e9rminos de\nla presente normativa, el lugar a las limitaciones que determina el C\u00f3digo de\nFaltas de la Municipalidad de Barranqueras.<\/p>\n\n\n\n<p>AISLAMIENTO DEL \u00c9JIDO MUNICIPAL<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo, la intendente de Barranqueras, Magda\nAyala, mencion\u00f3 el art\u00edculo 33 de la resoluci\u00f3n 812, donde ESTABLECE el\naislamiento del \u00e9jido municipal de Barranqueras, disponiendo la restricci\u00f3n\npara el ingreso y egreso a la ciudad de Barranqueras, respecto de personas,\ncamiones, automotores, motocicletas, bicicletas y cualquier otro tipo de\nrodados utilizados para transportar personas o cosas, una excepci\u00f3n de las\npersonas autorizadas para circular.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>23-Jun-20   Ser\u00e1 hasta el 28 de junio del 2020, a trav\u00e9s de la resoluci\u00f3n 812\/ 20, donde \u201ctodas las medidas que se vienen implementando desde la comuna, tienen como objetivo espec\u00edfico el bien com\u00fan y el bienestar general de los habitantes de la ciudad portuaria\u201d, afirm\u00f3 la intendente Magda Ayala.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[99,108],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26156"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26156"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26156\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":26157,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26156\/revisions\/26157"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26156"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26156"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26156"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}