{"id":57441,"date":"2021-02-13T10:22:29","date_gmt":"2021-02-13T13:22:29","guid":{"rendered":"http:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/?p=57441"},"modified":"2021-02-13T10:22:31","modified_gmt":"2021-02-13T13:22:31","slug":"chaco-renovacion-de-autoridades-del-comite-de-prevencion-contra-la-tortura-analizaron-antecedentes-de-los-postulantes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/2021\/02\/13\/chaco-renovacion-de-autoridades-del-comite-de-prevencion-contra-la-tortura-analizaron-antecedentes-de-los-postulantes\/","title":{"rendered":"CHACO: Renovaci\u00f3n De Autoridades Del  Comit\u00e9 De Prevenci\u00f3n Contra La Tortura: Analizaron Antecedentes De Los Postulantes"},"content":{"rendered":"\n<p>Participaron del encuentro por videoconferencia el tribunal compuesto por&nbsp; Enrique Font, ex vicepresidente del Subcomit\u00e9 para la Prevenci\u00f3n de la Tortura de Naciones Unidas; Manuel Tufr\u00f3, del Centro de Estudios Legales y Sociales; Mar\u00eda Josefina Ignacio, designada por el Comit\u00e9 Nacional de Prevenci\u00f3n de la Tortura; Nayla Bosch de la Secretar\u00eda de Derechos Humanos y G\u00e9neros de la Provincia; y las diputadas Gladis Cristaldo y Alicia Digiuni, el Dr. Nicol\u00e1s Laino de la Defensor\u00eda General de la Naci\u00f3n y el Secretario de la comisi\u00f3n de Derechos Humanos Gustavo G\u00f3mez, acompa\u00f1ado del asesor legal Marcelo Wurm Times.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante la reuni\u00f3n semanal del jurado se analizaron los criterios de evaluaci\u00f3n, las impugnaciones, corte, etapa de antecedentes y la publicaci\u00f3n de la lista de quienes acceder\u00edan a la segunda etapa de entrevistas.<\/p>\n\n\n\n<p>Como conclusi\u00f3n de la reuni\u00f3n, la diputada Gladis Cristaldo precis\u00f3: \u201cHoy se consideraron los antecedentes de cada uno de los postulantes, los que acredita cada uno, en funci\u00f3n&nbsp; de ello se analiz\u00f3 quienes de ellos pasar\u00edan a la segunda etapa del concurso, que es la etapa de la oposici\u00f3n donde est\u00e1n prevista dos entrevistas por cada uno\u201d explic\u00f3 la legisladora, quien a su vez indic\u00f3 que \u201cen funci\u00f3n de eso se&nbsp; determin\u00f3 quienes de los candidatos no re\u00fanen antecedentes m\u00ednimos que acrediten trayectoria en la defensa de los Derechos Humanos y espec\u00edficamente en la Prevenci\u00f3n de la Tortura y otros Tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y cu\u00e1les de ellos si bien tienen antecedentes, estos no son suficientes para pasar a la segunda etapa\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a la grilla de los seleccionados, inform\u00f3 que \u201cla misma se dar\u00e1 a conocer la pr\u00f3xima semana. En tanto que adem\u00e1s se&nbsp; trataron las impugnaciones que ingresaron en su momento y se corri\u00f3 vista a las personas impugnadas y se recibieron las respuestas de cada una de ellas\u201d. Fijando que el jueves 18 a las 13 horas ser\u00e1 su pr\u00f3xima reuni\u00f3n \u201cpara seguir analizando cada postulante en particular con respecto a las entrevistas a formularse\u201d concluy\u00f3 Cristaldo.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe recordar, que por Resoluci\u00f3n del Tribunal, fue aprobado el reglamento y el temario del concurso.<\/p>\n\n\n\n<p>Reglamento del Procedimiento del Concurso<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba: El Concurso P\u00fablico de Antecedentes y Oposici\u00f3n tiene como objeto el de cubrir los cargos de Miembros titulares y suplentes del Comit\u00e9 Provincial para la Prevenci\u00f3n de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, establecidos en el la Ley 3264-B art. 23\u00ba.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba: El Concurso ser\u00e1 declarado desierto por ausencia de aspirantes o cuando ninguno de los\/as postulantes cumpla con los requisitos y perfiles requeridos por la ley 3264-B. En tal caso la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos de la C\u00e1mara de Diputados del Chaco proceder\u00e1 a realizar una nueva convocatoria.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;Art\u00edculo 3\u00ba: A los efectos del presente concurso se contar\u00e1 con la asistencia de la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos de la legislatura a trav\u00e9s de su Secretar\u00eda, cumpliendo adem\u00e1s su rol de fedatario y asegurando la virtualidad que el proceso requiera.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba: Ser\u00e1n tareas espec\u00edficas del Tribunal examinador:<\/p>\n\n\n\n<p>a)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Establecer la agenda dentro del plazo establecido por Resoluci\u00f3n 552\/20, en que se realizar\u00e1n las evaluaciones de los antecedentes y calificaci\u00f3n de puntajes, como as\u00ed tambi\u00e9n las entrevistas personales de la prueba de oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>b)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Fijar fechas supletorias de las entrevistas si correspondiere.<\/p>\n\n\n\n<p>c)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Evaluaci\u00f3n y valoraci\u00f3n de los antecedentes presentados por los postulantes, art. 27\u00ba inc h):<\/p>\n\n\n\n<p>1\u00ba)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Se elaborar\u00e1 el listado de las\/los postulantes que no acrediten perfiles requeridos, y\/o antecedentes en derechos humanos, y\/o posean inhabilidades o incompatibilidades, de acuerdo a los requisitos de la ley 3264-B Cap\u00edtulo VII, arts. 23\u00b0,24\u00b0,25\u00b0 y 26\u00b0, quienes no podr\u00e1n pasar a la instancia de la prueba de oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;2\u00ba)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Se publicar\u00e1 el listado de las\/los postulantes que han alcanzado el puntaje m\u00ednimo para pasar a la etapa de oposici\u00f3n, con las calificaciones adjudicadas y el correspondiente temario para las posteriores entrevistas.<\/p>\n\n\n\n<p>3)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Se recibir\u00e1 por correo electr\u00f3nico de la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos del Poder Legislativo durante 48 hs. h\u00e1biles desde su publicaci\u00f3n los pedidos de reconsideraci\u00f3n por parte de aquellos postulantes que no avanzaron en cada etapa.<\/p>\n\n\n\n<p>d)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Confecci\u00f3n de pautas para el desarrollo de la Prueba de Oposici\u00f3n, teniendo en cuenta el temario y los contenidos definidos en el art. 27 inc. i) de la Ley 3264-B, evaluaci\u00f3n y valoraci\u00f3n de los\/las postulantes y confecci\u00f3n del listado con las calificaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>e)&nbsp; Finalizado el concurso p\u00fablico, de acuerdo con el punto 6to de la Res. 552\/20, se comunicar\u00e1 la calificaci\u00f3n global ponderada y se proceder\u00e1 a la confecci\u00f3n de la n\u00f3mina conteniendo el Orden de M\u00e9rito de quienes resulten miembros titulares y suplentes de acuerdo al Art. 27\u00ba inc. j) de la ley 3264-B,<\/p>\n\n\n\n<p>f) El Tribunal presentar\u00e1 ante la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos de la legislatura, las actas del concurso llevado adelante, que avalan y certifican la decisi\u00f3n adoptada y comunicada, teniendo la misma car\u00e1cter de inapelable.<\/p>\n\n\n\n<p>g) &nbsp;Toda otra actividad pertinente y necesaria para garantizar la realizaci\u00f3n del Concurso P\u00fablico de Antecedentes y Oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 5: El proceso de evaluaci\u00f3n, estar\u00e1 ordenado en las siguientes etapas sucesivas:<\/p>\n\n\n\n<p>a)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Evaluaci\u00f3n de Antecedentes.<\/p>\n\n\n\n<p>b)&nbsp;&nbsp; &nbsp;Prueba de Oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; 1) Sub-etapa N\u00ba1: Entrevista personal<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp; 2) Sub-etapa N\u00aa2: Fundamentaci\u00f3n del plan de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Etapa 1: Evaluaci\u00f3n de Antecedentes:<\/p>\n\n\n\n<p>La evaluaci\u00f3n de antecedentes tiene por objeto dar cumplimiento a lo previsto en la ley 3264-B, art. 27 inc. h), a tal fin el Tribunal examinador ponderar\u00e1 los antecedentes de formaci\u00f3n, conocimientos acad\u00e9micos, de capacitaci\u00f3n, y las habilidades espec\u00edficas y experiencia laboral de los postulantes seg\u00fan lo requerido para la funci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Etapa 2: Prueba de Oposici\u00f3n:<\/p>\n\n\n\n<p>El examen de oposici\u00f3n deber\u00e1 determinar si el\/la postulante puede aplicar sus conocimientos, habilidades y formaci\u00f3n a situaciones concretas seg\u00fan los requerimientos de la funci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El Tribunal llevar\u00e1 adelante la entrevista de acuerdo a los contenidos definidos en la Ley 3264-B,&nbsp; y conforme los requisitos establecidos en la descripci\u00f3n de la funci\u00f3n a desarrollar como integrante del Comit\u00e9 y los establecidos en el Anexo II\u00b0 de la presente.<\/p>\n\n\n\n<p>1) Sub-etapa N\u00ba1: Entrevista personal: Los postulantes ser\u00e1n evaluados por orden de inscripci\u00f3n al concurso y el examen tendr\u00e1 una duraci\u00f3n m\u00e1xima de 1 hora con car\u00e1cter personalizado a fin de que&nbsp; expongan sus conocimientos en la materia, como as\u00ed tambi\u00e9n sus motivaciones y expectativas.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta primera sub-etapa se deber\u00e1 presentar por escrito, de manera virtual un detalle pormenorizado del plan de trabajo y las actividades a desarrollar durante el ejercicio del cargo.<\/p>\n\n\n\n<p>2) Sub-etapa N\u00aa2: Fundamentaci\u00f3n del plan de trabajo: En esta segunda entrevista se desarrollar\u00e1 el plan de trabajo presentado y el Tribunal se valdr\u00e1 de las competencias laborales definidas y cotejar\u00e1 con los\/las postulantes para poder evaluar sus aptitudes y actitudes para ocupar el cargo.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;Art\u00edculo 6: El dictamen final del Tribunal contendr\u00e1 como m\u00ednimo:<\/p>\n\n\n\n<p>1)&nbsp;&nbsp;&nbsp; N\u00f3mina de postulantes admitidos indicando:<\/p>\n\n\n\n<p>a.&nbsp;&nbsp;&nbsp; Puntaje obtenido en la evaluaci\u00f3n de antecedentes.<\/p>\n\n\n\n<p>b.&nbsp;&nbsp;&nbsp; Puntaje obtenido en el examen de oposici\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>c.&nbsp;&nbsp;&nbsp; Puntaje global ponderado.<\/p>\n\n\n\n<p>e.&nbsp;&nbsp; N\u00f3mina de las\/los postulantes que no acreditaron perfiles requeridos, y\/o antecedentes en derechos humanos, y\/o posean inhabilidades o incompatibilidades.<\/p>\n\n\n\n<p>2)&nbsp;&nbsp;&nbsp; N\u00f3mina del orden de m\u00e9rito.<\/p>\n\n\n\n<p>3)&nbsp;&nbsp;&nbsp; Toda informaci\u00f3n que el Tribunal examinador considere necesaria incluir.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 7: Para todas las cuestiones y procedimientos no previstos expresamente por el presente reglamento, regir\u00e1 en forma supletoria la Ley N\u00b0 179-A \u2013 C\u00f3digo de procedimientos administrativos y la resoluci\u00f3n 828\/01 &#8211; Reglamento interno de la C\u00e1mara de Diputados de la Provincia del Chaco.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 8: La calificaci\u00f3n de antecedentes y cuadro de ponderaci\u00f3n a aplicar ser\u00e1 la siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p>Calificaci\u00f3n y Orden de M\u00e9rito:<\/p>\n\n\n\n<p>Calificaci\u00f3n de las etapas de Evaluaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>1)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Antecedentes: 0 (cero) a 100 (cien) puntos. El puntaje m\u00ednimo ser\u00e1 de 40 (cuarenta) puntos para avanzar a la etapa de oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Oposici\u00f3n: cero (0) a cien (100) puntos. El puntaje m\u00ednimo ser\u00e1 60 (sesenta) puntos.<\/p>\n\n\n\n<p>Antecedentes: Como criterio general se considerar\u00e1n las trayectorias acad\u00e9micas, de formaci\u00f3n e investigaci\u00f3n en cuestiones vinculadas a la ley N\u00b03264-B y derechos humanos, y&nbsp; antecedentes laborales, jerarquizando aquellos que acrediten experiencia de gesti\u00f3n, trabajo en equipos interdisciplinarios, como as\u00ed tambi\u00e9n experiencia y trayectoria en el \u00e1mbito de los derechos humanos en general y en control y prevenci\u00f3n de la tortura en particular. Asimismo los premios en tem\u00e1ticas de derechos humanos y\/o distinciones acad\u00e9micas o de investigaci\u00f3n relacionadas con el cargo a concursar.<\/p>\n\n\n\n<p>Examen de oposici\u00f3n: El puntaje final de la prueba de oposici\u00f3n de cada concursante surgir\u00e1 de las entrevistas.<\/p>\n\n\n\n<p>Para el examen oral de oposici\u00f3n se proceder\u00e1 a evaluar a cada postulante, asignando un valor num\u00e9rico a cada criterio previsto en las competencias para la funci\u00f3n establecida en la Ley 3264-B. Se tendr\u00e1 en cuenta la pro actividad del postulante, as\u00ed como el grado de compromiso con la lucha por los derechos humanos, las nuevas reivindicaciones en materia de g\u00e9neros e interculturalidad, ponderando el vocabulario, proyectos y planes de trabajo propuestas, adem\u00e1s de la capacidad de trabajar y\/o liderar en equipo.<\/p>\n\n\n\n<p>Luego se establecer\u00e1n los puntajes asignados por el Tribunal determin\u00e1ndose por consenso entre sus miembros.<\/p>\n\n\n\n<p>Calificaci\u00f3n Global Ponderada: En esta etapa se proceder\u00e1 a la aplicaci\u00f3n de la metodolog\u00eda de ponderaci\u00f3n de los puntajes obtenidos en cada etapa de evaluaci\u00f3n anterior. La sumatoria final ser\u00e1 el puntaje global ponderado que determinar\u00e1 el orden de m\u00e9rito.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que 2 (dos) o m\u00e1s postulantes obtuvieran igual puntaje prevalecer\u00e1 en el orden de m\u00e9rito aquel que haya obtenido mayor puntaje en el examen de oposici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuadro de ponderaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>Antecedentes 40%<\/p>\n\n\n\n<p>Examen de oposici\u00f3n 60%<\/p>\n\n\n\n<p>Total 100%<\/p>\n\n\n\n<p>ANEXO II\u00b0 INDICE TEM\u00c1TICO PARA EL EXAMEN DE OPOSICI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>Convenci\u00f3n Internacional contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Protocolo Facultativo de la Convenci\u00f3n contra la Tortura y malos tratos.<\/p>\n\n\n\n<p>Tratados internacionales en especial lo referente a prevenci\u00f3n de la tortura y malos tratos.<\/p>\n\n\n\n<p>Leyes nacionales 24.660, 25.932, 26.485 y 26.827 y provinciales 1565-B, 3264-B 1886-M y dem\u00e1s normativa concordante.<\/p>\n\n\n\n<p>Convenio 169 de la OIT sobre pueblos ind\u00edgenas y tribales y Ley provincial 562 \u2013 W.<\/p>\n\n\n\n<p>Normativa y est\u00e1ndares internacionales, nacional y local aplicable a la protecci\u00f3n personas privadas de la libertad en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 4\u00ba de la Convenci\u00f3n,&nbsp; cuando se trate de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, g\u00e9nero y diversidad, disidencias sexuales e integrantes de comunidades ind\u00edgenas.<\/p>\n\n\n\n<p>Estado de cumplimiento por parte del Estado Argentino de las recomendaciones de CAT, SPT, Relator Especial contra la Tortura y otros \u00f3rganos de tratados universales y regionales relevantes para el mandato de los Mecanismos de Prevenci\u00f3n de la Tortura.<\/p>\n\n\n\n<p>Jurisprudencia y est\u00e1ndares del sistema universal e interamericano de derechos humanos relevantes en materia de prevenci\u00f3n de la tortura y malos tratos.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>13-Feb-21    Fue en el marco de una nueva reuni\u00f3n  del jurado Ad Hoc para el proceso de selecci\u00f3n de los postulantes a ocupar los cargos como autoridades del Comit\u00e9 Provincial de Prevenci\u00f3n de la Tortura -seg\u00fan la ley 3264-B- oportunidad en que fueron analizados los antecedentes de los candidatos inscriptos al concurso.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[98],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57441"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=57441"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57441\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":57446,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/57441\/revisions\/57446"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=57441"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=57441"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.noticiasdelparana.com.ar\/NuevaEdicion\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=57441"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}