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PUERTO VILELAS: Requisitos Para Las Actividades De Pesca Embarcada, Deportiva Y De Costa

Serán habilitadas las personas que sean propietarios de las embarcaciones alojadas en las guarderías locales.  Estos deberán completar un formulario que tendrá que tener los datos del propietario o timonel, fecha de actividad, los nombres de los tripulantes (podrán ser como máximo 2 personas).

Los días y horarios preestablecidos son sábados y domingos de 6 a 20 horas, el máximo de turnos que se otorgaran por cada día habilitado serán del 50% del total de embarcaciones alojadas en cada guardería relevada.

 Los requisitos serán verificados en las guarderías y prefectura naval que efectuarán un control de apoyo en las vías navegables y de costas.

 Las embarcaciones deberán contar con los elementos sanitarios de bioseguridad, tapabocas, desinfectantes etcétera.

 Los permisos de circulación provincial para esta actividad  se podrán obtener en la página permisoprovincial.chaco.gob.ar , buscar la constancia de emisión de turnos por la guardería para que puedan sacarle sus embarcaciones la misma comunicará a la autoridad de control la lista de autorizado para efectuar el control.

PESCA DE COSTA

Para Pesca de Costa serán reguladas por los protocolos determinados por la autoridad ambiental provincial, estarán habilitados personas residentes en la localidad exclusivamente, los días y horarios son los sábados y domingos de 7 a 18.

Los requisitos que deben contar el permiso de circulación para la actividad sacados de la página permisoprovincial.chaco.gob.ar; ser residente en la localidad (sin excepción), contar con la documentación que acredite el domicilio, respetar el uso de tapabocas, lavarse las manos constantemente y al finalizar la actividad, respetar la distancia reglamentaria de un mínimo de 2 m con las demás personas