Chaco

CHACO: Legisladoras Proponen Nuevos Beneficios Para Bomberos Voluntarios

Además la iniciativa propone que desde el Poder Ejecutivo provincial se otorgue un subsidio anual a las asociaciones de Bomberos Voluntarios con Personería Jurídica vigente, de esta manera, los bomberos chaqueños contarán con una herramienta jurídica que los dotará de un ingreso genuino para afrontar todos los gastos, garantizando el sostenimiento en el tiempo para asegurar la excelencia de su capacidad operativa, resguardando su adecuación a las exigencias tecnológicas en cuanto a equipamiento y capacitación del personal.

Este proyecto de ley es fruto del reclamo de nuestras asociaciones de bomberos voluntarios, a las que acompañamos en las gestiones llevadas a cabo, con el fin de llegar a un resultado histórico para el sistema provincial de Bomberos Voluntarios, convencidos de que este es el camino y acompañando a los bomberos de nuestra provincia que están bregando por esta Ley.

Este hecho sirvió como argumento para esta propuesta legislativa, de aprobarse la ley, dispondrá  que quedarán comprendidos para recibir el beneficio de la obra social,  los integrantes de los Cuarteles de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia del Chaco; que tengan Personería Jurídica vigente y sean efectivamente reconocidos por el Poder Ejecutivo Provincial.

Pudiendo incorporarse a la cobertura médico-asistencial de la Dirección de Obra Social del Estado Provincial -Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos- INSSSEP- , en los términos y condiciones que acuerden las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, con dicho Organismo, los Integrantes de los Cuarteles de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la provincia del Chaco y sus familiares reconocidos como derechohabientes en la presente Ley, que no cuenten con obra social.

En tanto que de sancionarse la ley, será el Poder Ejecutivo Provincial quien otorgará a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios con Personería Jurídica vigente y reconocidas por la Autoridad de aplicación de la presente ley, un subsidio anual que será establecido en la Ley de Presupuesto de la Administración Provincial.

Este  subsidio que  tiene por objeto dotar a los Bomberos Voluntarios de la Provincia del Chaco de fondos genuinos que garanticen su sostenimiento, aseguren la excelencia de su capacidad operativa, resguardando su adecuación a las nuevas exigencias tecnológicas y permitiendo la incorporación de recursos materiales y la capacitación constante del recurso humano. Todo en concepto de aporte económico, con destino a la compra de equipamiento, materiales, equipos de vestuarios y demás elementos destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población, como así también a la conservación y mantenimiento en perfecto estado y condiciones de uso de los mismos.

El subsidio por aplicación de la presente, será distribuido por partes iguales conforme la cantidad de asociaciones representadas, para ser destinados a los gastos operativos del cuartel para cumplir los servicios de emergencia.