Chaco

CHACO: Establecen Políticas Públicas Para Erradicar El Delito De Grooming Y Proteger A Niños, Niñas Y Adolescentes

La norma considera  Grooming al acoso sexual a niños, niñas y adolescentes a través de Internet que consiste en la realización de acciones deliberadas por parte de un adulto, con el objetivo de establecer lazos de amistad con un niño, niña o adolescente, a través de cualquier medio tecnológico, a fin de obtener un contacto y/o abuso o acoso sexual.

La ley sancionada  define como prioritario los siguientes objetivos: contribuir a la erradicación del delito Grooming a través de la concientización y prevención del mismo, promover medidas que fomenten la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el Ecosistema de Internet, concientizar a la población sobre el uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, garantizando los derechos de niños; niñas y adolescentes a utilizarlas sin riesgos.

Dicha legislación se  constituye sobre determinados ejes de trabajo: establecer de carácter obligatorio la capacitación en materia de Grooming a todos los agentes que se desempeñan en la función pública, en los Poderes del Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia del Chaco; diseñar un Plan de Capacitación especializado sobre: el flagelo del Grooming, Protocolos de actuación vigentes en la provincia, herramientas específicas tendientes a prevenir, detectar y erradicar el Grooming; confeccionar y difundir de recursos didácticos y bibliográficos que permitan conocer los riesgos y peligros relativos al uso de las tecnologías de la información, la comunicación, y de prevención y cuidado frente a Grooming.

Además se deberá capacitar a docentes, profesores, tutores y alumnos mediante talleres, jornadas y seminarios orientadas a acompañar a los estudiantes, desde una mirada reflexiva, en el uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación; generar instancias de información y asesoramiento a familias, en relación al uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación; incorporar a los diseños curriculares del Sistema Educativo formal y no formal provincial: la enseñanza del uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación, la prevención y cuidado frente a Grooming.

Se asesorará sobre protocolos de actuación ante la detección de posibles situaciones de Grooming o uso irresponsable de las tecnologías de la información y la comunicación a la comunidad en general; implementará la coordinación interministerial de acciones de orientación, asesoramiento, prevención y derivación, con los equipos técnicos interdisciplinarios de las diferentes áreas gubernamentales involucradas.

La ley deberá desarrollar una instancia de gestión interministerial, bajo la modalidad de abordaje transversal de la problemática, a través de áreas gubernamentales consideradas esenciales a los fines de esta Ley: Salud, Deporte, Discapacidad, Educación, Seguridad y Desarrollo Social en el ámbito de sus incumbencias específicas, en atención que las políticas, acciones y objetivos definidos en esta ley constituyen una responsabilidad del Estado Provincial debiendo abordar la problemática en forma interministerial e integral.

Para que se cumpla la ley, los tres Poderes del Estado Provincial deberán crear a los fines de concientizar sobre el Grooming un link de acceso desde sus páginas web oficiales, en el cual se aporte información sobre este flagelo, se encuentren estadísticas, herramientas de prevención, información especifica de áreas y teléfonos para acudir en caso de denunciar y/o actuar respecto al delito.

La autoridad de aplicación podrá, convocar a especialistas y expertos en la materia, celebrar convenios de asesoramiento y cooperación técnica con instituciones académicas provinciales, nacionales o internacionales y organizaciones no gubernamentales.

Por esta norma también se adhiere la Provincia de Chaco a la Ley Nacional Nº 27.458, “Día Nacional de la lucha contra el Grooming”, instituyéndose el 13 de Noviembre de cada año como “Día provincial de la lucha contra el Grooming”.

En el Recinto, el diputado Acosta enfatizó que la norma “tiene como objetivo el desarrollo de políticas públicas transversales de prevención del delito el acoso sexual virtual a niñas, niños y adolescentes, para eso propone tres pilares fundamentales que son la concientización, la promoción y la prevención, para alcanzar la erradicación, con criterios claros como la interministerialidad, transversalidad y el abordaje integral y federal en el diseño de una política pública”.

El legislador aportó estadísticas sobre la incidencia de este tipo de delitos, y observó que “el ciberdelito creció en la cuarentena un 500% y la hiperconectividad hizo que el acoso sexual de niños, niñas y adolescentes a través de internet se incrementara durante la pandemia, por esto consideramos importantísima esta ley que habla de una cuestión actual, de una problemática profunda, el Chaco está trabajando muchísimo y reconocemos en ese sentido las políticas de seguridad que contemplan el ciberdelito, pero lógicamente falta mucho todavía”.

Clara Pérez Otazu expresó el respaldo del bloque Frente Integrador y remarcó “consideramos que este tipo de acoso de ser  visualizado y concientizado por adultos, niños y adolescentes así que celebro la iniciativa del diputado, también quiero recordar que el Poder Legislativo siempre ha trabajado con este tema, incluso durante la gestión de la Presidenta Elida Cuesta se llevó adelante una campaña de concientización sobre Grooming que tuvo mucha convocatoria, así que el Chaco viene trabajando con esta temática hace mucho tiempo y que pueda ser respaldada por una ley que vele por los derechos de niñas, niños y adolescentes y que cuide y trabaje por el interés superior del niño es para celebrar”.

Carmen Delgado sumó el acompañamiento del bloque de la UCR a la iniciativa, “realmente es un proyecto muy importante para la sociedad, para poder proteger a nuestros niños, niñas y adolescentes, esperamos que a partir de esta nueva herramienta que todos los organismos puedan tomarla para trabajar”.

En el mismo sentido, Gladis Cristaldo se manifestó en apoyo a la sanción desde el bloque Scalabrini Ortiz y felicitó al autor, señalando “en la prevención de este delito la verdad que nunca es suficiente lo que se haga, más allá de que nosotros tenemos un programa en funcionamiento, entendemos que esta ley va mucho más allá de eso, en pos de establecer un mecanismo de protección ante un delito tan aberrante como éste”concluyó.