Chaco

CHACO: Casación Confirmó Las Condenas Por Los Fusilamientos De Dirigentes De Las Ligas Agrarias Y Torturas A Sus Militantes

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó  las condenas a perpetua para el agente Alcides Safenreiter, de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco, y para el Capitán de Ejercito del área de Inteligencia  José Tadeo Bettolli, por los fusilamientos de Carlos Servando Piccoli y “Ñaro” Gómez Estigarribia, ambos dirigentes del movimiento campesino de las Ligas Agrarias. Asimismo se confirmó la condena a 18 años para el Comisario General Eduardo Wischnivetzky por torturas a tres militantes de ese espacio.

La resolución fue tomada por unanimidad el 19 de octubre por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos. La sentencia confirmada había sido dictada el 25 de junio del año pasado por el Tribunal Oral Federal de Resistencia, integrado por Juan Manuel Iglesias, Rocio Alcalá y Luis González. En el juicio actuaron en representación del Ministerio Público Fiscal los fiscales Carlos Amad y Patricio Sabadini y los integrantes de la Unidad de Asistencia en Causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado de esa jurisdicción Diego Vigay y Horacio Rodríguez.

Casación confirmó las condenas a prisión perpetua contra Bettolli, como coautor penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por alevosía y por el número de participantes” respecto del hecho que tuvo como víctima a Raúl Eduardo Gómez Estigarribia; contra Safenreiter, como coautor penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por alevosía” respecto del hecho que tuviera como víctima a Carlos Servando Piccoli; y a 18 años de prisión contra Wischnivetzky, como autor del delito de “privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados” perpetrados contra Santos Britez, Hipólito Britez y Modesto Meza.

Además quedó firme, por no ser apelada, la condena a 4 años de prisión contra el Comisario General Rodríguez Valiente por el delito de encubrimiento de ambos homicidios. Pocos meses después del veredicto falleció el ex agente policial Miguel González, quien llegó al debate oral acusado de homicidio y resultó absuelto. El MPF había recurrido la resolución al respecto, pero el planteo no llegó a tratarse porque la acción penal finalizó con la muerte del imputado.

En cada uno de los casos los jueces del Máximo Tribunal penal realizaron un minucioso análisis de las pruebas que permitieron la reconstrucción de los hechos y respondieron a los planteos y objeciones de cada una de las defensas.

Los hechos investigados y sancionados

Eduardo “Ñaro” Gómez Estigarribia fue asesinado el  12 de febrero de 1977 en la localidad de Corzuela a manos de una Comisión de Fuerzas conjuntas del Ejército y la Policía del Chaco. Por su parte, Carlos Servando Piccoli fue ultimado el  22 de abril de 1979 en un camino vecinal del paraje Pampa Florida de la zona rural de la ciudad de Sáenz Peña por parte de personal de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco. Finalmente Hipólito Britez, Santos Britez y Modesto Meza sufrieron sus  secuestros y torturas en el lote 21 de la zona rural de la localidad de Villa Berthet, el 30 de agosto de 1976.

Casación Penal también analizó el contexto de acontecimiento de los crímenes, en los mismos términos que el TOF de Resistencia. Así, refirió que “las Ligas Agrarias – desarrolladas en las provincias del nordeste- en particular, se apoyaban en el factor de marginalidad que poseían los pequeños productores, campesinos y trabajadores rurales en el contexto de la sociedad capitalista vigente. Las Ligas Agrarias representaron entonces un gran sector de productores rurales, tanto colonos como campesinos, que viéndose marginados del modelo de desarrollo dominante, irrumpieron en la arena de la lucha política de los años 70 colocando al agro al lado del resto de las expresiones de cambio radical de aquellos años”.

En lo atinente al plan represivo, se afirmó que “el Ejército Argentino movilizó efectivos al interior de Chaco, incluidos también los cuadros de la Policía provincial, que por normativas de facto vigentes a la época les estaban subordinados. En lo que se conoció como lucha contra la subversión y en la persecución de los consideraban elementos hostiles -de suyo, en la práctica así fueron considerados los miembros de Ligas Agrarias-, se ejecutaron operaciones que implicaron el hostigamiento, la represión, desaparición y muerte de parte de trabajadores rurales, pequeños productores, sus militantes y dirigentes”.