Carlos Gómez, síndico del InSSSeP, se refirió en diálogo con Radio Provincia y otros medios a la cobertura de la obra social estatal en servicios de sepelios para los afiliados. El funcionario expresó que existen convenios firmados con empresas puntuales, en las que el pago del servicio lo hace Insssep a la firma; y en el caso de las empresas no conveniadas, el afiliado puede pagar el servicio y el Insssep le reintegrará el monto que establece la normativa vigente para tal prestación.
“En la ex ley 4044, hoy ley 808-H, se establece la obligatoriedad del InSSSeP a la cobertura del servicio de sepelio, por lo que siempre estuvo contemplado”, expresó Gómez, y agregó: “Simplemente que hoy hay convenios particulares con empresas puntuales, que han accedido a la firma de este convenio para que continúe la prestación del servicio con el Insssep”.
“Para aquellas cocherías que prestan servicio y no están conveniadas con Insssep, Insssep le hace el reintegro de acuerdo a la normativa vigente. El Insssep sigue cumpliendo la cobertura de sepelios sólo que con una modalidad diferente (a la tradicional). Todo aquel servicio que el afiliado recibe con un prestador con convenio sigue con la misma modalidad de siempre. En caso contrario, el Insssep le reintegra al afiliado un monto establecido”, manifestó. Por su parte, aseguró que la normativa referida a sepelios se encuentra expresada en la página web del InSSSeP, y llamó a los afiliados a conocer las documentaciones necesarias a presentar para acceder al servicio.