Chaco

CHACO: La Secretaría De DDHH Y Géneros Exige Que No Se Excarcele A Un Genocida Y Que Se Revoque La Prisión Domiciliaria A Un Represor

Desde la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de la Provincia del Chaco, reiteraron el pedido urgente de que se le sea revocado el beneficio de prisión domiciliaria al coronel Jorge Carnero Sabol, quien se encuentra cumpliendo la pena de cadena perpetua por once homicidios calificados y cuatro desapariciones forzadas en la Masacre de Margarita Belén tras ser juzgado en el año 2011.

Asimismo, el organismo estatal manifestó al Tribunal Oral Federal de Resistencia, su oposición y rechazo ante el planteo de excarcelación del condenado José Francisco Rodríguez Valiente, quien junto a otros ocho genocidas fue encontrado culpable en la conocida como “Causa Conscriptos” por haber cometido delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar.

“Lo venimos planteando reiteradamente desde la querella, así como lo vienen planteando en las calles también los organismos de derechos humanos, los familiares y los exdetenidos políticos. El único lugar para los genocidas es la cárcel común, perpetua y efectiva. Es por ello que nos oponemos en estos casos porque consideramos que están las condiciones dadas para que ambos cumplan su condena en prisión”, sostuvo la subsecretaria de Derechos Humanos, Nayla Bosch.

Carnero Sabol

La Secretaría, con la firma de su titular Silvana Pérez y la subsecretaria de Derechos Humanos, Nayla Bosch, y el patrocinio jurídico del abogado Duilio Jorge Ramírez, ya el pasado 1 de marzo comunicó que elevó un pedido formal al TOF exponiendo que debido a la gravedad de la sentencia, la más alta de la escala penal no debería haberse considerado ni contemplado el otorgar la libertad condicional a Carnero Sabol, solicitada a finales del mes de febrero.

Ramírez detalló que el condenado cuenta con una sentencia de cadena perpetua por 8 homicidios y 4 desapariciones forzadas. A pesar de los compromisos del Estado argentino, en tres oportunidades no se le encontró en su domicilio donde cumple su pena, lo que provoca un riesgo para la sociedad y para los procesos de hallazgo de los cuerpos de las personas desaparecidas.

“La resolución de este planteo fue diferida para más adelante, el juez lo va a analizar, va a analizar todos los antecedentes que se presentaron en los argumentos y va a definir qué camino tomar. Nosotros pedimos, exigimos que se cumpla con el fallo, que se cumpla con la detención en un establecimiento carcelario porque a esta persona se le dio la confianza para irse a su casa y él traicionó esa confianza en tres oportunidades”, afirmó el abogado.

Cabe recordar que el represor fue hallado en clara desobediencia a las condiciones del arresto domiciliario. El juzgado le dio el beneficio de cumplir su pena en su domicilio de la ciudad santafesina de Funes, sin embargo, cuando el personal judicial fue a constatar su presencia en dicho lugar el 16 de febrero, el condenado no se hallaba allí.

Rodríguez Valiente

En cuanto a José Francisco Rodríguez Valiente, es necesario remarcar que en julio de 2022 se condenó a ex militares y ex policías por secuestros y torturas de cinco víctimas (dos de ellas militantes políticos que realizaban el servicio militar obligatorio en Resistencia en 1976). Entre los acusados se encontraba Rodríguez Valiente quien recientemente, por medio de sus defensores, solicitó el beneficio de la excarcelación.

La Secretaría en su rol de querellante, ha presentado argumentos en contra de la petición mencionada, entre ellos el antecedente de condena de Rodríguez Valiente a la pena de veinticinco años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua. Además, se expone que el tiempo de detención computado por la defensa es falso, ya que el condenado lleva detenido menos tiempo del que se precisa para peticionar la libertad condicional.

También se destaca que las diversas condenas recaídas sobre Rodríguez Valiente no se hallan unificadas y que la prisión preventiva debe computarse por separado en cada una de las causas en las cuales se ha dictado y respecto del tiempo de cumplimiento de la pena.