Barranqueras

BARRANQUERAS: Llamado A Concurso Para Ingreso A Prefectura Naval Argentina

    Las  especialidades requeridas son las siguientes: (Ver imagen)

REQUISITOS GENERALES PARA EL INGRESO COMO CABO SEGUNDO – CUERPO AUXILIAR

CAPITULO 01

1.01 REQUISITOS GENERALES:

1. Ser Argentino/a nativo/a o por opción. En caso de ser Argentino/a por opción deberá acreditar el trámite finalizado a la fecha de examen de ingreso y su correspondiente D.N.I. (Art. 25 de la Ley 18.398).

2. Tener dieciocho (18) años de edad como mínimo y treinta (30) como máximo.

3. No haber sido dado de Baja por mala conducta o falta de aptitud militar o policial en cualquiera de los Institutos de Formación de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o Policiales.

4. Reunir las condiciones psicofísicas establecidas en el Reglamento de Aptitud Física.

5. Haber aprobado los estudios que se requieren para cada concurso.

6. Aprobar las pruebas de capacitación y/o idoneidad establecidas en la reglamentación para la incorporación como Cabo Segundo.

7. El personal perteneciente a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA que

reúna los requisitos y desee inscribirse, deberá hacerlo siguiendo la correspondiente vía jerárquica, presentando la documentación detallada en el punto 1.02.

1.02. DOCUMENTACION A PRESENTAR:

1. Solicitud de Inscripción y de Datos Personales dirigida al señor Director del

Personal en formulario provisto.

2. Fotocopia del Título habilitante con las correspondientes legalizaciones,

debidamente certificada su autenticidad por Escribano Público (legalizada

la firma de éste por el Colegio de Escribanos), y/o por establecimiento

otorgante.

3. Certificado Analítico de estudios de la especialidad, debidamente certificado por el establecimiento otorgante donde conste la relación de  materias cursadas durante toda la carrera y las calificaciones obtenidas.

4. Constancia de inscripción en el respectivo Consejo o Colegio Profesional

cuando corresponda.

5. Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de

Reincidencia (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos –

www.jus.gov.ar.), con una antigüedad de expedición de no más de 30 días corridos a la fecha de inscripción.

6. “Currículum Vitae” con copias de títulos, cursos, trabajos y actividades profesionales desempeñadas, antecedentes docentes, certificados de estudios efectuados en el país o en el extranjero, etc.

7. Fotocopia del D.N.I.

8. Constancia de CUIL.

“2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”

1.03. REGIMEN DEL CONCURSO:

1. La inscripción se llevará a cabo en el Edificio Guardacostas – DIRECCIÓN

DEL PERSONAL – Av. Eduardo Madero N°235 – 5° Piso Oficina 5.03 –

Ciudad Autónoma de Buenos Aires – de Lunes a Viernes de 09.00 a 13.00 horas, o en las Dependencias de la Institución del interior del País.

2. El señor Prefecto Nacional Naval, podrá dejar sin efecto el llamado a concurso, cuando:

2.1 El número de concursantes no alcanzara la cantidad de vacantes a cubrir y reiterarlo, si lo considera necesario, para lograr así una mayor inscripción de postulantes que permita una mejor selección.

2.2 Las vacantes de cargos disponibles en el presupuesto anual para el ejercicio vigente del concurso, no sean suficientes para cubrir la cantidad de postulantes a incorporar.

3. Los informes relativos al concurso podrán solicitarse personalmente, en el Edificio Guardacostas o en las Dependencias del interior del País en los horarios mencionados.

4. Los postulantes deberán aprobar los exámenes que consistirán en:

4.1 Evaluación escrita que versará sobre los temas determinados en el respectivo programa de examen.

4.2 Evaluación oral que versará sobre los temas del programa de examen  espectivo.

4.3 Los exámenes escritos y orales serán calificados usando la escala numérica de 0 a 10 puntos.

4.4 Es obligatorio aprobar ambas evaluaciones (escrita y oral), para no ser

descalificado in limine, considerándose reprobadas aquellas que obtengan una calificación inferior a cuatro (4) puntos.

4.5 Entrevista: Además de los exámenes Escrito y Oral, los postulantes serán entrevistados por el Tribunal Examinador, a dicha Entrevista se le otorgará un puntaje (usando la escala numérica de 0 a 10 puntos) la cual formará parte de la nota promedio junto con los puntos 4.1 y 4.2 mencionados precedentemente.

4.6 Queda expresamente establecido que la facultad de ponderación de las evaluaciones y antecedentes, compete a los miembros del Tribunal Examinador, cuya calificación tendrá el carácter de inapelable, no siendo admisible su impugnación en ninguna circunstancia.

5. La inscripción para concursar, importa la total adhesión y consentimiento a las condiciones y bases del presente Concurso y la renuncia expresa a formular impugnaciones en contra de las mismas.

1.04 DEL PERSONAL INCORPORADO:

1. Los postulantes que tengan aprobados todos los exámenes para el ingreso y hayan sido seleccionados para su incorporación, serán destinados al Organismo, Dependencia o Unidad que determine la Dirección del Personal, de acuerdo con el objeto del llamado a concurso.

2. El desempeño en el destino de servicios que le sea asignado a cada agente incorporado, tendrá una carga horaria mínima laboral de Treinta y Cinco (35) horas semanales, además de los servicios de guardias que se dispongan, de acuerdo con el destino de revista.

3. La incorporación en un destino de servicio específico, no garantiza la permanencia en el mismo durante toda la carrera, quedando sujeta su “2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO” estabilidad a las necesidades del servicio institucional y/o al régimen de carrera previsto para la especialidad. Todo ello en concordancia con lo estipulado en el Título III – Régimen del Personal, Capítulo I – Normas Generales, Artículo 17, Punto a) – Deberes, Apartado 4, de la Ley 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina”.

4. Los Cabos Segundos del Cuerpo Auxiliar que resulten dados de alta “en comisión”, deberán realizar y aprobar el Curso para Cabos Segundos cuya metodología y duración será establecida por la Dirección de Educación, en base a las exigencias para la formación del Personal con Estado Policial de la Fuerza. La no aprobación del citado Curso determinará la Baja del personal reprobado.

5. El alta definitiva de los Cabos Segundos se concederá siempre que acrediten durante los DOS (2) años transcurridos desde el alta “en comisión”, que poseen adecuadas condiciones morales, profesionales y físicas.

6. El personal dado de alta en comisión, se incorpora con el grado de Cabo Segundo, con Estado Policial, con las implicancias que se derivan del artículo 12 de la Ley 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina” y su reglamentación – Decreto 6.242/71 “Reglamentación del Personal”.

1.05 IMPEDIMENTOS:

No podrán ingresar:

1. El que haya sido condenado por delitos dolosos.

2. El condenado por delitos en perjuicio de la Administración Pública Nacional, Provincial o del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

3. El que tenga proceso penal pendiente, que pueda dar lugar a condena por

delitos.

4. El inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos, uso de armas y para conducir. En el supuesto que el aspirante registre otra inhabilitación especial, la autoridad de aplicación evaluará en cada caso, si las circunstancias del hecho, la gravedad de la causa, negligencia en la que hubiera incurrido o reincidencia, constituye un impedimento para el ingreso.

5. El sancionado con exoneración o cesantía en la Administración Pública Nacional, Provincial o en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mientras no sea rehabilitado.

6. Poseer tatuajes en el cuerpo, que sean visibles con el uso regular de cualquier uniforme reglamentario de la Fuerza. (R.I. PNA. 03-029 Reglamento de Uniformes).

CAPITULO 02

2.01 REQUISITOS PARTICULARES:

CABO SEGUNDO TECNICO MECANICO:

Título requerido: Técnico Mecánico, expedido por Escuela Técnica, Instituto especializado o equivalente, de carácter Público o Privado (Reconocido por el Ministerio de Educación de la Nación). Experiencia y/o antecedentes: (No excluyente).  

Informes  e  inscripción: apertura inscripción  día 17/02/2020, cierre  inscripción  día 20/03/2020.Edificio  Guardacostas  –  Direccion  Del  Personal Av.  Eduardo  Madero 235 5º piso  oficina 503  de  Lunes  a  Viernes  de  09.00  a  13.00  hs. Tel.  4318.7500/7600  –  Interno  2503  –  2504 Y  en  todas  las  Dependencias  y  Organismos del  Interior  del  país  o  en  página  web  de  la  Institución www.argentina.gob.ar/prefecturanaval