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CHACO: Comienza El Pago Del Ingreso Familiar De Emergencia A Beneficiarios De AUH Y Asignación Por Embarazo

Beneficiarios de AUH y AUE cuyos DNI terminen en 0, 1, 2 y 3 tendrán los 10.000 pesos acreditados en sus cuentas este viernes 3.

El titular regional de Anses, Agustín Alemán confirmó que a partir de este viernes 3 de abril los beneficiarios de Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE) comenzarán a cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia de 10.000 pesos, instituido por el decreto 310/20 con carácter excepcional ante la situación creada por la pandemia de Coronavirus COVID-19

De esta manera, informó que, con el objetivo de agilizar el cobro y evitar aglomeraciones, los beneficiarios de AUH y AUE cuyos documentos de identidad terminen en los números 0, 1, 2 y 3 tendrán los 10.000 pesos acreditados en sus cuentas el próximo viernes 3.

EL SÁBADO

A partir del sábado 4 de abril, podrán cobrar personas beneficiarias de AUH y AUE cuyos documentos terminen en 4, 5, 6, 7, 8 y 9, a través de cajeros automáticos a partir de su acreditación, en caso de dificultades para hacerlo por esa vía, por cajero en la sucursal bancaria correspondiente.

Esta forma de organizar el cronograma de pago está en sintonía con las pautas establecidas por el director ejecutivo de Anses, Alejandro Vanoli, que busca respetar el protocolo de sanidad para reducir la circulación de personas en cajeros y entidades bancarias.

“Este adelanto en el pago del IFE pretende reforzar en materia económica a los sectores más desprotegidos de la sociedad”, puntualizó Alemán.

Para acceder al IFE los requisitos que se deben cumplir son:

1) Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años.

2) Tener entre 18 y 65 años de edad.

Además, desde Anses recuerdan que sólo podrá acceder a esta ayuda económica siempre que la persona o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes:

a) de un trabajo en relación de dependencia público o privado;

b) de ser monotributista de categoría “C” o superior o del régimen de autónomos;

c) de una prestación de desempleo;

d) de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

e) de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la AUH o Embarazo.