Chaco

CHACO: Aprobaron El Protocolo Institucional Para Prevención De Violencia, Acoso, Discriminación, Género Y Diversidad Instituciones Deportivas

A raíz de dos propuestas unificadas de las legisladoras Elida Cuesta, Andrea Charole y Roberto Acosta, Jéssica Ayala y Liliana Spoljaric quedó aprobado este protocolo por la normativa que además  indica que deberá entenderse por instituciones deportivas a las asociaciones que tengan por objeto principal la prâctica, desarrollo, sostenimiento, organización y/o representación del deporte o de algunas de sus modalidades, cuyas

actividades sean compatibles con las enunciadas en el primer parrafo del articulo 16 de la ley nacional 20.655, a la que adhirió la Provincia del Chaco por ley 691-S.

El protocolo debe contener los siguientes presupuestos mínimos a) Definir medidas de prevención que tengan por objeto abordar de manera anticipada situaciones vinculadas por cuestiones de violencia, acoso discriminación, género y/o diversidad.

b) Brindar asesoramiento, asistencia y acompañamiento a las personas afectadas

c) Establecer el ámbito de aplicación, en el que debe incluirse las instalaciones dependencias y anexos de las instituciones deportivas así como las actividades programadas que se realicen fuera de las mismas

d) Definir como sujetos alcanzados a todo miembro de las instituciones deportivas establecidas en el artículo 2″ de la presente ley, cualquiera sea su vínculo con la misma e independientemente si la victima fuera miembro de la institución.

e) Resguardar la privacidad y confidencialidad de la víctima durante la totalidad del desarrollo del proceso.

f) Establecer pautas específicas aplicables ante los casos que involucren a menores de edad.

La norma sancionada indica que la autoridad de aplicación de la misma, entre otras funciones afines tendrá a su cargo laborar y poner a disposición de tan instituciones deportiva un protocolo en la materia, conteniendo los presupuestos mínimos contemplados en esta ley, así como lo dispuesto en las leyes nacionales 20.055 y 26.743

b) Brindar orientación y asesoramiento a las instituciones deportivas en el proceso de elaboración adaptación e implementación del protocolo

c) Velar por el cumplimiento de la presente ley a través de la Certificación por parte de las comisiones directivas que acrediten su implementación efectiva por parte de las instituciones obligadas

d) Comunicar y difundir los alcances e importancia de la presente ley.

e) Promover la organización y celebración de jornadas, debates con participación de centros de investigación, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil y representantes de organismos publicos y privados municipales provinciales nacionales e internacionales con competencia en la materia fomentando el intercambio de experiencias

f) Diseñar e implementar capacitaciones periódicas, conforme las particularidades de cada disciplina, con particular énfasis en los deportes de contacto y/o enfrentamiento.

 g) Monitorear la implementación del protocolo elaborando un informe anual sobre el grado de cumplimiento de la presente ley y las actividades desarrolladas

Las instituciones deportivas objeto de la presente ley, designaran al menos una persona responsable, encargada de coordinar la ejecución del protocolo, así como las normativas relacionadas que en el futuro se dicten Articulo 6: Es autoridad de aplicación de la presente ley el Instituto del Deporte Chaqueño, el que en coordinación con la Secretaria de Derechos Humanos y Genero de la Provincia, deberá dictar la reglamentación en un plazo no mayor de noventa (90) días a partir de su promulgación

Finalmente la norma invita a los municipios de la provincia a adherir.

La diputada Andrea Charole agradeció el trabajo de los asesores y de los legisladores de la Comisión de Turismo y Deporte, y detalló que el proyecto “pretende establecer la obligatoriedad para todas las instituciones deportivas de implementar un protocolo para prevención, abordaje de acoso, violencia y discriminación de género, para fortalecer la cultura deportiva; el protocolo que se elaborara deberá respetar contenidos mínimos y garantizar la confidencialidad de las víctimas. El homicidio del joven Báez Sosa en manos de un grupo de deportistas en Villa Gesell puso sobre el tapete la necesidad de reforzar los principios a los deportistas para prevenir la violencia dentro de esos ámbitos específicos”.

La diputada Liliana Spoljaric autora de otra de las iniciativas agregadas, apuntó: “sabemos que el deporte crea valores, compañerismo, vemos una sociedad muy violenta, y es necesario destacar que en este proyecto lo tenemos como coautor al diputado Acosta que es Presidente de la Liga Chaqueña de Fútbol y que va a ser una de las personas que va a poder implementar estos protocolos en los clubes de la provincia para terminar con la violencia en el deporte”.

Débora Cardozo felicitó a las autoras y consideró que “las relaciones de violencia no se tratan de género ni de sexo, sino que es una relación del sujeto agresor hacia la víctima dónde lo anula, por eso los padres tenemos que hacernos cargo de nuestros hijos, porque la tarea comienza en la casa”.