Chaco

CHACO: “Cada Situación Debe Ser Analizada Individualmente Para Evitar Conclusiones Apresuradas”

A través de un extenso comunicado de prensa enviado a la Agencia FOCO, analizaron la normativa firmada en Acuerdo de Ministros por el actual gobierno a través del cual se suspenden provisionalmente efectos administrativos por el Poder Ejecutivo provincial entre el 18 de septiembre v y el 8 de diciembre del 2023 y crea una Comisión de Revisión de actos administrativos.

“Consideramos que resulta una violación al sistema constitucional de control de legalidad de los actos administrativos que han sido dictados por el Gobierno saliente; al tiempo que resulta una burla hacia los trabajadores estatales que han sido alcanzados por muchos de esos actos que a priori, gozan de legalidad y de legitimidad administrativa”, aseguran desde la entidad gremial. Asimismo, entienden que “el control de legalidad, constitucionalidad y convencionalidad jamás puede recaer en una comisión de revisión creada al efecto, para trabajar en un análisis que va a estar viciado desde el principio por un sesgo político”.

a su vez, aseguran que el Decreto “incurre en serias falacias argumentativas”; pues en sus considerandos se realiza una generalización apresurada en referencia a todos los actos administrativos posteriores a las elecciones, considerándolos, “sin prueba concreta alguna como irregulares o inconstitucionales”. “Sin embargo, es crucial recordar que cada situación debe ser analizada individualmente para evitar conclusiones apresuradas”, se destaca. Del mismo modo, interpretan que la normativa “sugiere” que los actos administrativos violan normas constitucionales y legales, pero el “documento no proporciona evidencia concreta ni cita ejemplos específicos”. “Necesitamos detalles para comprender verdaderamente las irregularidades señaladas; las que no constan ni en los considerandos ni en ninguna denuncia o actuación judicial que pudiera dar curso a tremenda cruzada”, concluyen.

Por ello. insisten  que el único control de legalidad, constitucionalidad y convencionalidad, lo puede realizar en primer lugar los órganos de control interno creados por la constitución provincial: “Eventualmente la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) o Tribunal de Cuentas y en última instancia; la justicia provincial; que deberá dar curso a una revisión detallada de cada acto para una evaluación precisa”, agregan.

“La imparcialidad es esencial en la evaluación de actos administrativos para evitar interpretaciones sesgadas que podrían afectar la validez de las críticas”, concluyen y finalizan: “ El Decreto que ahora criticamos y rechazamos por resultar violatorio de principios constitucionales esenciales y de garantías de nuestra forma de gobierno en particular la separación de poderes; no presenta una sola alternativa para el supuesto que deban abordar posibles irregularidades; se limita a afirmar que éstas existen; pero no empatizan con el hecho que detrás de esos actos administrativos cuestionados se encuentran personas, trabajadores de carne y hueso. La transparencia y la responsabilidad son cruciales en estos momentos para garantizar la integridad de nuestra administración pública”.